25
Mayo
2020

ASPO: Prórroga hasta el 7/6/20. Nuevo Certificado Único Habilitante para Circulación

Por Decreto 493/2020 se prorroga hasta el 7 /6/20 inclusive la vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio. DA 897/20: Los certificados vigentes denominados “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” caducan a las 00:00 horas del día 29/5/20.

Normativa publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, el 25 de mayo de 2020. 

Por decreto de necesidad y urgencia se mantiene la exigencia de un sistema de monitoreo permanente de la situación que permite el seguimiento de la evolución de la epidemia en cada área geográfica, en función de un conjunto de indicadores dinámicos, seleccionados con bases científicas.

AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIODecreto 493/2020
DECNU-2020-493-APN-PTE - Prórroga.

ARTÍCULO 1º.- Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, que fuera prorrogado por los Decretos Nros. 325/20, 355/20, 408/20 y 459/20. Asimismo, prorrógase hasta dicha fecha la vigencia de toda la normativa complementaria dictada respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la entrada en vigencia del Decreto N° 297/20, hasta el día de la fecha.

ARTÍCULO 2º.- Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 459/20 y de toda la normativa complementaria dictada respecto del “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, desde la entrada en vigencia del mismo, hasta el día de la fecha.

ARTÍCULO 3º.- Prorrógase, con los alcances establecidos en los artículos 2° y 3° del Decreto N° 331/20, hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 274/20, prorrogado, a su vez, por los Decretos Nros. 331/20, 365/20, 409/20 y 459/20.

/// de estilo

* DECAD-2020-897-APN-JGM - Nuevo “Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19”.

ARTÍCULO 1°.- Los certificados vigentes para circular denominados “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” caducan a las 00:00 horas del día 30 de mayo de 2020, debiendo sus titulares proceder a tramitarlo nuevamente. A tal fin, deberán ingresar el sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.

ARTÍCULO 2º.- Las personas que fueron exceptuadas de tramitar el “Certificado Único Habilitante para Circulación Emergencia COVID 19”, aprobado por la Resolución del MINISTERIO DEL INTERIOR Nº 48/20, a través de la Decisión Administrativa Nº 446/20 y concordantes, deberán tramitarlo a los efectos de su circulación. A tal fin, deberán ingresar al sitio https://www.argentina.gob.ar/circular.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS. Decreto 494/2020.
DCTO-2020-494-APN-PTE - Decreto N° 298/2020. Prorroga suspensión del curso de los plazos.

Fuentes
BORA
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El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, se ve en la penosa obligación de salir a desmentir, por única vez, los ya varios comunicados, declaraciones y notas periodísticas de la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la PBA y de la Asociación Judicial Bonaerense, que apuntan contra los 65.000 abogados y abogadas de esta Provincia y contra la abogacía organizada.
Ayer a la tarde, el presidente del Colegio de Abogados de San Isidro, Dr. Santiago Quarneti, en un reportaje concedido a Radio FM 91.3, entre varias apreciaciones, sobre las circunstancias actuales, manifestó que  la Justicia en la Argentina, en la provincia, no necesita de héroes, lo único que necesita es de gente que haga lo que tiene que hacer, cumpliendo sus responsabilidades. Audio.
Hacemos saber que el personal de la Caja de la Abogacía, Delegación San Isidro se encuentra trabajando en forma remota, desde sus domicilios particulares. Las consultas se reciben por e-mail: sisidro@cajaabogados.org.ar ; gacurso@cajaabogados.org.ar
La DNRPA informa que a partir del 22 de abril los Registros Seccionales de todas las provincias (con excepción de Santiago del Estero y Tucumán) atenderán al público. Dicha atención, será realizada EXCLUSIVAMENTE previa obtención de turno web.
La SCBA aprobó el nuevo "Reglamento para los escritos, resoluciones, actuaciones, diligencias y expedientes judiciales". Comenzará a regir el 27 de abril de 2020, con alcance general; y a partir del 1º de junio de 2020, en los fueros Penal y de Responsabilidad Penal Juvenil.

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