06
Mar
2019

Registro de la Propiedad Inmueble. Nuevos modelos de oficios obligatorios

El Registro de la Propiedad Inmueble según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18 determinó que serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019 los nuevos modelos de oficio que ponemos a disposición de los interesados.
Ponemos a disposición los archivos con los nuevos modelos de oficios al Registro, que según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18, serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019.
 
(Art. 6.- Establecer que, a partir del 11 de marzo de 2019, todos los órganos judiciales deberán librar indefectiblemente los documentos judiciales dirigidos a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad; utilizando -según corresponda e independientemente del soporte en el que se elaboren- los textos de los modelos supra aprobados”).
 
OFICIO JUDICIAL ANOTACIONES PERSONALES [INHIBICIONES]/ÓRGANOS JURISDIC. PROV. BS.AS.
 
OFICIO JUDICIAL MEDIDA CAUTELAR INMUEBLE [EMBARGOS] /ÓRGANOS JURISDIC. PROV.BS. AS.
 
OFICIO AMPLIATORIO DE  MEDIDAS CAUTELARES EN PROCESO DE INSCRIPCIÓN/ÓRGANOS JURISDIC. PROV DE BS. AS.
Fuentes
REGISTRO PROPIEDAD INMUEBLE PROV. BS. AS.

Noticias

Mediante el Acuerdo Nº 3930/19 de la Suprema Corte de Justicia bonaerense se agregaron dos materias de juicio en la descripción para los procesos judiciales que se inicien conforme el “Régimen de Receptorías de Expedientes. Archivos del Poder Judicial y Mandamientos y Notificaciones".
Ponemos en su conocimiento que la Sala de Profesionales del 2do. entrepiso del Edificio de Tribunales de San Isidro - Ituzaingó 340- próximamente será puesta a disposición de nuestros matriculados totalmente remodelada y renovada, para poder realizar sus trámites habituales.
El Registro de la Propiedad Inmueble según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18 determinó que serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019 los nuevos modelos de oficio que ponemos a disposición de los interesados.
Se hace saber a los interesados, que el Colegio ha reclamado a través del Colegio provincial, se gestione ante el alto Tribunal que se disponga la suspensión de términos procesales, con validez de los actos cumplidos, en relación al día 26 de febrero del corriente, debido a los inconvenientes que imposibilitaron realizar presentaciones electrónicas.
Por acuerdo n° 3918 de la SCBA expedida el 19 de diciembre 2018, se han fijado nuevos valores que rigen en relación al jus cfr. art. 9 de la Ley 14.967 y adecuado el valor del jus arancelario decreto ley 8904/77.

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