01
Jun
2020

Nuevo instructivo para la recepción de denuncias de manera electrónica

Han sido adaptadas las herramientas tecnológicas con que cuenta el Colegio con miras a facilitar la recepción de escritos, denuncias y evacuar consultas relacionados con expedientes administrativos, durante la vigencia del ASPO.

Nuevo instructivo para la recepción de denuncias de manera electrónica

Han sido adaptadas las herramientas tecnológicas con que cuenta el Colegio con miras a facilitar la recepción de escritos, denuncias y evacuar consultas relacionados con expedientes administrativos, durante la vigencia del ASPO.

1) Que las disposiciones de los sucesivos DNU dictados por el Poder Ejecutivo Nacional hasta el día de la fecha, con el objeto de evitar la propagación de la enfermedad provocada por  el virus denominado COVID19, imponen el acatamiento a la cuarentena social, general y obligatoria.

2) Que este Colegio de Abogados cuenta con las herramientas tecnológicas, y tal como se ha implementado en otras áreas, se lo ha acondicionado con miras a facilitar la recepción de escritos, denuncia y evacuar consultas relacionados con expedientes administrativos.

3) Que el objetivo de la presente es la recepción de los escritos, no solo  como acto un interruptivo de la prescripción de las acciones disciplinarias, sino  para dar respuesta a los requerimientos de los colegas y de los particulares, para lo cual se ha pensado en adaptar la metodología habitual del trabajo (en cuanto a los primeros  pasos  procesales del expediente que pueden impulsarse electrónicamente, para luego imprimirlos sin que ello afecte su validez) a la modalidad home-office, resguardando el  cumplimiento de las disposiciones legales y procedimentales fijadas a tales efectos.

1) Denuncias disciplinarias

Recepción de denuncias

Las mismas deberán ser enviadas a la casilla denunciasdisciplinarias@casi.com.ar 
Deberá ser escaneada en su totalidad, tanto el escrito de denuncia como su documental (si la hubiere).
El escrito deberá estar firmado por el denunciante/s y dirigido al Presidente del Colegio de Abogados de San Isidro.

Requisitos de la denuncia

El escrito de denuncia deberá contener:

A) Nombre y apellido del denunciante/s;

B) Domicilio físico;

C) Casilla de mail (donde se considerarán válidas todas las notificaciones del Colegio);

D) Número de teléfono (fijo y/o celular);

E) Nombre y apellido del denunciado/s;

F) Matrícula; (dato no excluyente)

G) Domicilio;

H) Detalle de la documental escaneada adjunta (si la hubiere);

I) Actuaciones judiciales vinculadas a la denuncia (Carátula, Número de expediente, Juzgado y Departamento Judicial);

J) Relato claro de los hechos que motivan su denuncia, especificando el lugar exacto donde sucedieron;

K) Fundamento y pruebas que avalen la acusación.

Las denuncias deben presentarse en el Colegio perteneciente al Departamento Judicial donde se produjeren los hechos o se encuentre iniciado el expediente.
El Colegio de Abogados de San Isidro no es competente para entender en hechos que ocurran fuera de su jurisdicción.

Denuncias de particulares

Se podrá enviar el escrito de denuncia y su documental por mail e iniciar el proceso electrónicamente (se le asignará número y carátula). Dado que la ratificación es presencial, el proceso quedará interrumpido hasta que se levante la cuarentena.

Denuncias de letrados

Lo mismo que el caso anterior, con la salvedad que si los denunciantes son abogados matriculados en San Isidro se puede impulsar el procedimiento reglamentario previo a correr traslado de la denuncia, en cambio para los denunciantes inscriptos en otros Colegios, solo se les podrá recibir la denuncia y el proceso quedará interrumpido hasta que el letrado la ratifique.

2) Denuncias por Defensa del abogado

 Recepción de denuncias

Las mismas deberán ser enviadas a la casilla defensadelabogado@casi.com.ar
Deberá ser escaneada en su totalidad, tanto el escrito de denuncia como su documental (si la hubiere).
El escrito deberá estar firmado por el/los denunciante/s y dirigido al Presidente de la Comisión de Defensa del Abogado.

Requisitos de la denuncia

Los mismos para “Denuncias disciplinarias”, con excepción del ítem F).

3) Denuncias vinculadas a la Administración de justicia

Recepción de denuncias

Las mismas deberán ser enviadas a la casilla administraciondejusticia@casi.com.ar
Deberá ser escaneada en su totalidad, tanto el escrito de denuncia como su documental (si la hubiere).
El escrito deberá estar firmado por el denunciante/s y dirigido a la Presidenta de la Comisión de Administración de Justicia.
Requisitos de la denuncia: los mismos para “Denuncias disciplinarias”, con excepción del ítem F).

Noticias

Les ofrecemos un video de seguimiento del estado del arroyo El Claro que demuestra cómo mejorar la salud de los ríos es posible. Destacamos la labor constante del Instituto de Derecho Ambiental y Sustentabilidad del Colegio de Abogados de San Isidro en favor de la comunidad.
El 13 de abril de 2020 la CSJN por Ac. nº 12/20 aprueba: el uso de la firma electrónica y digital para el Poder Judicial de la Nación y el procedimiento de recepción de demandas, interposición de recursos directos y recursos de queja ante cámara.
En el día de la fecha la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dispuso prorrogar las disposiciones oportunamente adoptadas y la modalidad de trabajo aprobada para esta jurisdicción federal, desde el 13 hasta el 26 de abril del corriente año.
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El Boletín Oficial de la República Argentina, ha publicado el DNU 355/20 que prorroga la vigencia del aislamiento preventivo y obligatorio hasta el 26 de abril del corriente y la DA 490/20 que amplía el listado de actividades y servicios exceptuados. La SCBA también prorroga medidas dispuestas a través de la Resolución Nº 386/20 y complementarias, con modificaciones y aclaraciones.

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