12
Mayo
2015

La Corte Suprema, guardiana de todas las garantías

La Corte Suprema es la guardiana de todas las garantías y de los derechos de los habitantes de la Nación; por ello el Colegio de Abogados de San Isidro coherente con su historia en defensa de la Constitución y el Estado de Derecho rechaza enfáticamente los intentos de desestabilización, cooptación o agresión tendientes a cercenar o limitar su independencia.

LA CORTE SUPREMA
ES LA GUARDIANA DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL
Y GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE TODOS

Ante la reiteración de los ataques dirigidos contra la Corte Suprema de Justicia de la Nación por integrantes de los tres poderes del Estado con el inocultable propósito de cubrir vacantes mediante designaciones que resultan inexplicables, ya se trate de la hasta ahora frustrada tentativa de nombrar al Dr. Roberto Manuel Carlés - un abogado que no reúne ninguno de los requisitos mínimos que la ley exige para ocupar tal Alto cargo-; la imposición de conjueces que no han obtenido el voto de la mayoría especial en el Congreso -por lo que no son aptos para serlo-; la decisión de bloques del Poder Legislativo que han hecho público que no votarán “ninguna” postulación que proponga el Poder Ejecutivo para integrar la nómina de integrantes del Tribunal; sumado a que la propia Corte Suprema  que no le exige a los otros poderes que cumplan con su obligación de completar su propia integración, pareciera que todo resulta aceptable, sea de manera explícita o implícita mediante el silencio. 
Los últimos días han sido testigos de la incalificable embestida contra el Dr. Carlos Santiago Fayt a quien se le reprocha una suerte de ineptitud (no se sabe si física o mental) debido a su avanzada edad. Más allá de la opinión que pueda tenerse sobre tan excepcional circunstancia, debe ponderarse que invariablemente el Dr. Fayt ha dado cabales muestras de honradez intelectual y personal, apego a los valores democráticos, respeto por los derechos humanos e independencia, además de su reconocida versación jurídica.
No nos es posible como abogados, admitir calladamente la actual situación del Alto Tribunal, ni los agravios de toda índole con los que se pretende desestabilizarlo.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación está llamada a cumplir un imperativo que nace de la Ley Fundamental: ser la suprema intérprete de la Constitución nacional y mediante el ejercicio del control de constitucionalidad, poner límites claros a la actuación de los otros poderes del Estado.
Debiera resultar ocioso y sobreabundante recordar que tal concepto elemental nace del principio de la división del poder, en funciones que se controlan y limitan recíprocamente, dentro del diseño institucional asignado en la Constitución. Ello es consustancial a los principios de la República.
La Corte Suprema es la guardiana de todas las garantías y de los derechos de los habitantes de la Nación; por ello el Colegio de Abogados de San Isidro coherente con su historia en defensa de la Constitución y el Estado de Derecho rechaza enfáticamente los intentos de desestabilización, cooptación o agresión tendientes a cercenar o limitar su independencia. A su vez propicia, demanda y exige a los Poderes del Estado que actúen en consecuencia dentro de las responsabilidades que a cada uno de ellos les competen arbitrando los medios para garantizar el normal funcionamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Consejo Directivo. San Isidro, 12 de mayo de 2015.

N/R: Imagen externa. Detalle del lateral norte del Monumento a la Constitución Nacional (CABA)

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INFOBAN, 14 de mayo de 2015. El Colegio de Abogados de San Isidro se manifestó ante la “incalificable embestida” contra Fayt.

 

 

Noticias

El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires -del cual el Colegio de Abogados de San Isidro forma parte activa y permanente- se manifiesta en la siguiente declaración.
La ley 5177 del 6 de noviembre de 1947 reglamenta el ejercicio de la abogacía y la procuración, y da origen a los Colegios de Abogados con su actual caracterización de entes públicos no estatales, explicitando su razón de ser, sus alcances y funciones.
El Senado de la Provincia de Bs. As., aprobó por unanimidad y sobre tablas, el proyecto de reforma al artículo 5 del Código Contencioso Administrativo (E-82-2020-2021), que permitirá, de convertirse en ley, que los justiciables puedan concurrir a demandar a la provincia y sus entes, a los juzgados descentralizados de toda la Provincia, en lugar de hacerlo, como en la actualidad, solo en ciudad de La Plata.
Crónica del III Encuentro de Áreas Penales de los Colegios de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, llevado celebrado de manera digital, los días 29, 30 y 31 de octubre de 2020, organizado por el Colegio de Abogados de Trenque Lauquen-.
El Presidente del Colegio de Abogados de San Isidro. Dr. Santiago Quarneti, analiza todas las cuestiones que abarca el tema y da su visión respecto al alcance del proyecto de ley que ya tiene el visto bueno de la Cámara de Senadores. (Video: MIL HORAS Comunicación)

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