30
Mayo
2013

Demanda el Colegio la inconstitucionalidad de la ley 26.855 -Consejo de la Magistratura-

El Colegio de Abogados San Isidro, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855.

El Colegio de Abogados San Isidro, a través de su presidente Dr. Antonio E. Carabio, promovió hoy 30 de mayo de 2013 a las 12:20, una  acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación,  a fin de que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855. Los autos se encuentran radicados en el Juzgado Federal en lo Civil de San Martín Nro. 1, Secretaría Nro. 1.
La demanda se  fundamenta en la flagrante transgresión del artículo 114 de la Constitución Nacional para la composición y funcionamiento del Consejo de la Magistratura y vulneración concreta del derecho constitucional de los “abogados de la matrícula federal” de participar, mediante una representación genuina, en la composición del Consejo de la Magistratura.

Se argumenta que la normativa impugnada contraría esencialmente las notas de “equilibrio” y “representación” previstas por el constituyente, en tanto, se dispone la elección popular mediante sufragio universal de los consejeros abogados (a quienes se le requiere la postulación dentro de la lista partidaria de una agrupación política), lo cual destruye la representatividad estamental puesta en cabeza de los “…los abogados de la matrícula federal…” que ya no podrán elegir más a sus representantes dentro de su propio estamento.
Asimismo, se considera que se violenta la noción de equilibrio prevista en el artículo 114 de la CN hasta el extremo de su total desconocimiento, al suprimirse el contrapeso de los estamentos no políticos cuyos representantes ahora deberán oficializar sus candidaturas a través de partidos políticos y participar en elecciones generales donde serán elegidos por el pueblo por medio de sufragio universal.

Con la Ley de Reforma ha quedado en pie un sólo estamento, ahora hegemónico dentro del Consejo, que es el que deriva de “…la elección popular…”. Todo ello, en absoluta contradicción con el artículo 114 de la CN cuya inclusión por el constituyente en 1994 tuvo por fin limitar la actuación del órgano político y fortalecer la independencia judicial.
Se peticiona, además, se decrete en forma urgente una medida cautelar por la cual suspenda el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias previstas para el próximo 11 de agosto de 2013 y, por ende, la constitución del nuevo Consejo de la Magistratura, hasta tanto se resuelva en definitiva en el presente contradictorio. A tal fin, se declare la inconstitucionalidad de los artículos 4, 5, 6 inc. 1, 10 y 13 inc. 3 de la Ley 26.854 que restringen la posibilidad de obtener medidas cautelares en juicios contra el Estado Nacional.
En el supuesto de que se constituya la Cámara Federal de Casación en lo Contencioso Administrativo Federal contemplada en los artículos 1º y 2º de la Ley 26.853, se solicita también que se declare la inconstitucionalidad de esta última norma, y se suspenda la constitución de la aludida cámara hasta tanto dicho planteo quede resuelto en forma definitiva.

Texto completo de la demanda interpuesta (versión Word) (versión pdf)

 

Noticias

Durante la mañana del día de hoy fuimos sorprendidos con la caída de un adoquín arrojado desde lo alto de Tribunales. A pesar de a cantidad de público presente, en ese momento no pasó nadie, por lo que no hubo que lamentar víctimas. El objeto que provocó la rotura de vidrios fue lanzado desde el interior del edificio. Reclamo.
[Afiche para imprimir].Como la entrada en vigencia de la ley 27348 impone la instancia "previa, obligatoria y excluyente" ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales para los reclamos basados en la Ley de Riesgos del Trabajo, en defensa de las incumbencias profesionales, aconsejamos a los afectados a acudir con la asistencia de un abogado/a de su confianza. Dictamen
El Dr. Roberto Gargarella expresó su desacuerdo ante el anuncio de medidas que buscarían bajar la edad de imputabilidad penal de los menores.Lo hizo en una entrevista televisa, afirmando que ellas son moralmente equivocadas, políticamente inefectivas y penalmente inútiles. Resaltó el programa de justicia penal juvenil restaurativa de San Isidro.
(Ley 14967) Se hace saber que el martes 18 de diciembre del corriente año, fue presentada ante la Secretaría del Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires, una denuncia contra los titulares de la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil, Comercial y del Fuero de Familia del Departamento Judicial de La Plata.
El viernes 14 de diciembre se celebró en el parque del Colegio, la cena de camaradería como culminación del año 2018. El discurso pronunciado por el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti se inició con el deseo de repensar el futuro con la mirada puesta en el presente y concluyó con un voto que nos es inescindible: abogar, siempre.

Suscripción Revista

Subscribe for updates on all content.