01
Feb
2019

Comisiones Médicas. Aviso a la comunidad

[Afiche para imprimir].Como la entrada en vigencia de la ley 27348 impone la instancia "previa, obligatoria y excluyente" ante las Comisiones Médicas Jurisdiccionales para los reclamos basados en la Ley de Riesgos del Trabajo, en defensa de las incumbencias profesionales, aconsejamos a los afectados a acudir con la asistencia de un abogado/a de su confianza. Dictamen

-Comisiones Médicas. Aviso a la comunidad: Descargue su afiche para imprimir (A4) 

-Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro: "Patrocinio gratuito ofrecido por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a las víctimas de daños laborales"
 

Noticias

Declaración. El rol del estamento de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Nación. es esencial para la plena vigencia del Estado de Derecho y la real independencia de los tres poderes del Estado. La Corte Suprema avaló el accionar del Colegio de Abogados de San Isidro que, desde hace años sostiene la inconstitucionalidad de la ley 26080, al punto de iniciar una acción de amparo en su contra y de abstenerse de participar en forma activa en las elecciones de los abogados del interior.
Coordinado por la Comisión de Derechos Humanos y Sociales del CASI, durante la jornada del jueves 9/12/21se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Colegio de Abogados de San Isidro y la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, representada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El viernes 10 de diciembre desde las 19:30 hasta la una de la madrugada despediremos el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para reunirnos con nuestros colegas. Valor de la tarjeta. Forma de pago. Cupos limitados.
El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.

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