07
Abr
2020

Cuentas bancarias judiciales, transferencias y normalización de la operación electrónica

Por Res 16/20 la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA.

SCBA. Res. 16/20.
COVID-19 (Coronavirus). Realización de transferencias electrónicas para el pago con débito en cuentas judiciales, aún en montos iguales o inferiores a $30.000.

Por resolución del 7 de abril de 2020, la SCBA resolvió que en el marco de la Emergencia Sanitaria "todas las órdenes de pago con débito en las cuentas judiciales que libren los titulares de los órganos jurisdiccionales de todos los fueros e instancias, deberán realizarse mediante trasferencias electrónicas, aun de montos iguales o inferiores a $ 30.000 en función de la normativa del BCRA" .

Asimismo el BAPRO cumplimentará normalmente el resto de la operatoria judicial electrónica vinculada a las cuentas judiciales, (vgr. Aperturas de éstas últimas) dándose prioridad a las cuestiones alimentarias urgentes, en el marco de la actual coyuntura de aislamiento social preventivo y obligatorio.

Finalmente, se requiere la colaboración del Colegio de Abogados y de Magistrados y Funcionarios, ambos de la Provincia de Buenos Aires, para realizar un seguimiento de las disposciones contenidas en la presente resolución.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

Han sido adaptadas las herramientas tecnológicas con que cuenta el Colegio con miras a facilitar la recepción de escritos, denuncias y evacuar consultas relacionados con expedientes administrativos, durante la vigencia del ASPO.
El COLPROBA decidió iniciar acciones judiciales tendientes a obtener la autorización para circular libremente para ejercer la profesión y concurrir al estudio jurídico.
A partir del día 1/6/20 la presentación de escritos de inicio de expedientes en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas se efectuará ante las Receptorías de Expedientes en los organismos que se encuentren de turno de los Fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral y en lo Contencioso Administrativo
Ley 15172. Suspensión en la Prov. de Bs. As. hasta el 30/9 de ejecuciones: hipotecarias, judiciales o extrajudiciales (vivienda única), parte indivisa ( art.2207 del CCN; ocupante vivienda), por créditos prendarios (UVA ), planes de ahorro automotor, expensas comunes, lanzamientos ya ordenados, lanzamientos colectivos, etc. Suspensión de términos de caducidad de instancia. Ejecuciones de sentencias judiciales de desalojo de inmuebles. Ver excepciones y más detalles.
Las empresas Telefónica de Argentina S.A. y Telefónica Móviles Argentina S.A han dispuesto una mesa de entradas digital, para recibir notificaciones que deban cursarse -con carácter de domicilio real o denunciado- al domicilio social de ambas. (Av. Independencia 169, CABA)

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