11
Jun
2013

Un abogado ha sido multado en sede judicial, por ejercer sin estar matriculado en un Colegio de Abogados departamental

El Juzgado en lo Correccional nro. 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra. Andrea C. Pagliani, multó a un abogado matriculado en Capital Federal por ejercer la profesión en San Isidro careciendo de la correspondiente matrícula provincial.

Un particular denunció, ante este  Colegio de Abogados, al  letrado que contrató para tramitar sendos juicios en San Isidro porque no podía comunicarse con él, ni le devolvía sus llamados telefónicos. Razón por la cual el interesado concurrió al Juzgado para extraer fotocopias y consultar con otro profesional.
Contactado por el nuevo profesional, el letrado denunciado sostuvo que en el juicio de desalojo nunca se le había corrido traslado de la demanda, ni en el ejecutivo se había trabado embargo y tanto en esos expedientes como en el beneficio de litigar sin gastos, obraban firmas suyas adulteradas, manifestando además  que tenía intenciones de renunciar.
Como algunas de las certificaciones pertinentes permitieron corroborar que el profesional cuestionado tiene matrícula en Capital Federal y no así en la provincia de Buenos Aires se le corrió traslado cfr. el art. 31-ley 5177-.
En el descargo el letrado denunciado reconoció haber cumplimentado personalmente algunos recaudos procesales,  adjudicándose la firma de varios escritos judiciales, asegurando haber informado que al no estar colegiado en la provincia de Buenos Aires sería patrocinado por un colega de su estudio. Oportunamente ofreció prueba y solicitó el archivo de la denuncia.
En razón de su propio reconocimiento y dichos probados, surgió que el abogado denunciado habría  asumido y llevado a cabo un asesoramiento y/o gestión extrajudicial en el ámbito de la provincia de Buenos Aires, careciendo de matrícula habilitante para ello. Por ende, ante la violación de lo  normado por la ley 5177,  este Colegio ordenó efectuar la correspondiente denuncia penal, destacándose especialmente lo prescripto por los arts. 1,  116, inc. a) y 120, ambos de la ley 5177 (t.o. ley 12277 y 12548).-"
Radicada la denuncia ante el Juzgado Correccional nro. 5, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea Paglani, la Magistrada condenó el 5 de diciembre de 2012 al letrado denunciado -por infracción a los artículos 1ro y 116 inc.a de la ley 5177, a la sanción de una multa de veinte jus.

Lectura del dictamen del Colegio
Texto del fallo completo

Noticias

Hoy, martes 14 de septiembre se llevó a cabo la Asamblea General Ordinaria y proclamación de candidatos. Fue celebrada en el parque de la sede de Martín y Omar 339, acompañada de numerosos colegas en un acto de amable y cordial camaradería.
Invitamos a los matriculados a participar de la Asamblea General Ordinaria. Se llevará a cabo en la sede de Martín y Omar 339, San Isidro, el martes 14 de septiembre de 2021; 1° llamado: 8:00, 2° llamado: 9:00. Se agradece puntualidad.
Los invitamos a compartir un reportaje al Presidente del Colegio quien se refirió al mensaje emitido el domingo 29 de agosto con motivo del Día del Abogado. Puntualizó el rol pasivo y escasamente presencial del Poder Judicial durante la emergencia sanitaria y otros temas candentes como el “Olivosgate”; el casamiento de la política y la justicia; la permeabilidad de los jueces y magistrados.
Hoy, el Presidente del Colegio recibió a integrantes del Patronato de Liberados Departamental. Se reunieron en la sede de Martín y Omar 339 y compartieron preocupaciones y proyectos en línea con el compromiso de colaboración recíproca asumido desde el año 2019.
La colegiación continúa velando por la inviolabilidad del secreto profesional de la Abogacía. Ha reafirmado el Colegio y Órdenes de Abogados del Mercosur, que "no hay Derecho sin abogados, no hay abogados sin libertad y que para ello se logre, la piedra fundante es el secreto profesional".

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