24
Jul
2012

Tribunales del Trabajo con competencia exclusiva en Pilar

Informamos que desde el 19 de abril de 2012 el Tribunal de Trabajo Nº 7 del Departamento Judicial San Isidro inició sus actividades con asiento y competencia territorial exclusiva en el Partido de Pilar. El organismo funciona en el inmueble ubicado en la calle Nazarre 1030 de esa localidad y esta integrado por los jueces Susana Mendivil, Diana Dubra y María Elena López.

 

La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, por resolución 348/12, por el art. Io de la Ley nro. 14020 dispone el traslado del Tribunal del Trabajo n° 7 de San Isidro al partido de Pilar, organismo oportunamente creado por la Ley n° 11640, mediante la cual se sustituyó el art. 24° de la Ley Orgánica 5827. Que asimismo la Ley de traslado referida, determina que el Tribunal tendrá competencia exclusiva sobre el Partido de Pilar (conf. Art. 26° Ley Orgánica cit.).
Fuentes
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires

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Las presentaciones de cédulas, oficios, exhortos, rogatorias y otras peticiones dirigidas a la AFIP (cuando no hubiere constituido domicilio procesal) correspondientes a la CABA y Gran Buenos Aires, deberán ser efectuadas exclusivamente en Balcarce 167, CABA, División Oficios, PB, Ventanillas 8, 9 y 10. Interior del país: se considerará domicilio legal del Organismo la Agencia Sede, Agencia, Distrito y Aduanas, respectivas.
Novedad. Un video donde expone el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués acerca de la nueva ley de honorarios profesionales -14967- en relación a los aspectos más sustanciales de esta normativa. Edición en soporte papel a disposición de los matriculados. (Tabla de honorarios)
Valor de la Matrícula 2018: por resolución del Consejo Superior (10/11/2017) se mantiene en 8 jus arancelarios ($664 a la fecha) hasta el 31/10/2018 atento lo dispuesto por el art. 62 de la ley 14.697. Circular 6452. Caja de Previsión: se prorrogó el vencimiento de las obligaciones previsionales al 12 de enero de 2018 inclusive.

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