24
Jul
2012

Tribunales del Trabajo con competencia exclusiva en Pilar

Informamos que desde el 19 de abril de 2012 el Tribunal de Trabajo Nº 7 del Departamento Judicial San Isidro inició sus actividades con asiento y competencia territorial exclusiva en el Partido de Pilar. El organismo funciona en el inmueble ubicado en la calle Nazarre 1030 de esa localidad y esta integrado por los jueces Susana Mendivil, Diana Dubra y María Elena López.

 

La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, por resolución 348/12, por el art. Io de la Ley nro. 14020 dispone el traslado del Tribunal del Trabajo n° 7 de San Isidro al partido de Pilar, organismo oportunamente creado por la Ley n° 11640, mediante la cual se sustituyó el art. 24° de la Ley Orgánica 5827. Que asimismo la Ley de traslado referida, determina que el Tribunal tendrá competencia exclusiva sobre el Partido de Pilar (conf. Art. 26° Ley Orgánica cit.).
Fuentes
Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

Mediante el Acuerdo Nº 3930/19 de la Suprema Corte de Justicia bonaerense se agregaron dos materias de juicio en la descripción para los procesos judiciales que se inicien conforme el “Régimen de Receptorías de Expedientes. Archivos del Poder Judicial y Mandamientos y Notificaciones".
Ponemos en su conocimiento que la Sala de Profesionales del 2do. entrepiso del Edificio de Tribunales de San Isidro - Ituzaingó 340- próximamente será puesta a disposición de nuestros matriculados totalmente remodelada y renovada, para poder realizar sus trámites habituales.
El Registro de la Propiedad Inmueble según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18 determinó que serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019 los nuevos modelos de oficio que ponemos a disposición de los interesados.
Se hace saber a los interesados, que el Colegio ha reclamado a través del Colegio provincial, se gestione ante el alto Tribunal que se disponga la suspensión de términos procesales, con validez de los actos cumplidos, en relación al día 26 de febrero del corriente, debido a los inconvenientes que imposibilitaron realizar presentaciones electrónicas.
Por acuerdo n° 3918 de la SCBA expedida el 19 de diciembre 2018, se han fijado nuevos valores que rigen en relación al jus cfr. art. 9 de la Ley 14.967 y adecuado el valor del jus arancelario decreto ley 8904/77.

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