25
Mayo
2020

SCBA. Prórroga de la Resolución Nro. 480/20 hasta el 7/6/20

LA SCBA mediante Resolución Nº 535/20, dispuso prorrogar las medidas dispuestas por Resolución Nº 480/20, sus aclaratorias y complementarias, hasta el día 7 de junio del presente año inclusive. (Se adjunta Ac. 16 de CSJN)

* SCBA. Prórroga de la Resolución Nro. 480/20 hasta el 7 de junio.

La Suprema Corte de Justicia, mediante Resolución Nº 535/20, dispuso prorrogar las medidas dispuestas por Resolución Nº 480/20, sus aclaratorias y complementarias, hasta el día 7 de junio del presente año inclusive.

Asimismo, estableció que a partir del 1º de junio de 2020 los asuntos de toda índole sometidos a conocimiento de las Cámaras de Apelación y Garantías en lo Penal dejen de regirse por el sistema transitorio de turnos previsto en las resoluciones SPL Nº 14 y Nº 18, distribuyéndose conforme el régimen de sorteo entre las Salas previsto en el artículo 41 de la Ley Nº 5827.

* CSJN. Acordada 16. Prorroga la feria extraordinaria respecto de todos los tribunales federales y nacionales y demás dependencias que integran este Poder Judicial de la Nación, desde el 25 de mayo hasta el 7 de junio, ambos días incluidos, del 2020. Durante esta feria extraordinaria la Corte Suprema de Justicia de la Nación funcionara con todos sus miembros y secretarios de Corte.-

Fuentes
SCBA

Noticias

* Documento interactivo con la Información de referencia para proceder al inicio de demandas, conforme la Ac.12/20 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de turno del Departamento Judicial de San Isidro (que corresponde al Nº 1) atiende a distancia las consultas mediante un formulario en línea.
El Banco Central de la República Argentina comunicó a las entidades financieras adecuaciones transitorias en las cuentas a la vista para uso judicial. Comunicación A 6976. Destacados
Exigencia a la SCBA para que informe públicamente respecto de la existencia de una planificación integral y cada una de las medidas proyectadas tendientes al restablecimiento del servicio de justicia, prioritariamente bajo modalidades electrónicas, mientras permanezcan las restricciones derivadas de la Emergencia Sanitaria por el COVID 19 (Coronavirus), y además la finalización del asueto.
La Abogacía bonaerense y los veinte Colegios Departamentales entre los que se encuentra el Colegio de Abogados de San Isidro, solicitan al Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, declare a la Abogacía como actividad esencial. Texto dela nota

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