08
Mayo
2019

Registro de la Propiedad de la PBA. Desde 13/5/19: trámite presencial o por ventanilla virtual

Registro de la Propiedad de la Prov. de Bs. As.: el 13/5/2019 entrará en vigencia la DTR 1/19 (modif. DTR 7/19). A partir de esa fecha las dos formas de ingreso de publicidad -a través de formularios-, serán: trámite presencial; trámite por ventanilla virtual. Disposiciones. Instructivos.
Informamos que el día 13/05 entrará en vigencia la DTR 1/19,  modificada por DTR 7/19
A partir de esa fecha las dos formas de ingreso de publicidad, a través de formularios, serán las siguientes:
 
1. Trámite presencial: Confeccionados únicamente a través de la página www.rpba.gov.ar/descargas/: "formularios de publicidad" e ingresados en sede central o en las delegaciones regionales.
2. Trámite por "Ventanilla virtual": La solicitud se realiza a través de su cuenta de usuario suscripto en formato electrónico, cargar saldo y el organismo responde con firma digital en ese mismo sitio. Esta modalidad no abona formulario.
Si aún no tiene habilitada la cuenta de usuario suscripto por favor, dirigirse al Colegio:
Para obtener su PIN comuníquese al 4732-0303 Int. 516 o al 4732-1897
o envíe un mail a servicios@casi.com.ar  /  salatribunales@casi.com.ar 
con los siguientes datos: Apellidos, Nombres, DNI, Tomo y Folio.

Qué dice la DTR 7/2019 
(La Plata, 26/4/2019).Publicidad registral. Servicios de publicidad. Interés legítimo.  Formas de solicitud. Restablecimiento de la vigencia de las DTR 1/2019 y 2/2019 a partir del 13 de mayo de 2019. Modificación de la DTR 1/2019

VISTO las Disposiciones Técnico Registrales N° 1/2019, N° 2/2019 y N° 3/2019, y CONSIDERANDO
Que la Disposición Técnico Registral N° 1/2019 procedió a ordenar y actualizar la normativa vigente en materia de publicidad registral, estableciendo procedimientos acordes con los actuales desarrollos tecnológicos;
Que mediante la Disposición Técnico Registral N° 2/2019 se incorporaron a la Disposición Técnico Registral N° 14/2010 los nuevos lineamientos aprobados por la norma citada anteriormente;
Que por cuestiones de índole operativa, mediante la Disposición Técnico Registral N° 3/2019 se procedió a suspender la vigencia de ambas disposiciones hasta la superación de las dificultades sobrevinientes;
Que al haberse sobrellevado los inconvenientes que obstaculizaban la puesta en vigencia de las normas referenciadas, corresponde llevar adelante el acto mediante el cual se actualice y se otorgue eficacia a las reglamentaciones en cuestión;
Que la presente disposición se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del Decreto Ley N° 11643/63, concordante con los artículos 53 y 54 del Decreto N° 5479/65.
Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DISPONE:
 
ARTÍCULO 1°. A partir del día 13 de mayo de 2019 entrarán en vigencia las Disposiciones Técnico Registrales N° 1/2019 y N° 2/2019.
ARTÍCULO 2°. Modificar el artículo 66 de la Disposición Técnico Registral N° 1/2019, el que queda redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 66. Servicios habilitados con firma digital. Se encuentran habilitados los siguientes servicios web de publicidad:

a) Certificado de dominio inmueble matriculado – Folio Real (750);
b) Certificado de dominio inmueble no matriculado – Ley 2.378 (750);
c) Certificado de Anotaciones Personales (751);
d) Informe de dominio inmueble matriculado- Folio Real (752);
e) Informe de domino inmueble no matriculado – Ley 2.378 (752);
f) Informe de Anotaciones Personales (753);
g) Copia de dominio inmueble matriculado – Folio Real (754);
h) Copia de dominio inmueble no matriculado – Ley 2.378 (754);
i) Consulta al Índice de Titulares (755).
 
ARTÍCULO 3°.(de estilo)
 

Noticias

El 22-12-2015, la Cámara II de La Plata, Sala II,en la causa n° 119.545 "Esperanza Créditos La Plata S.A. c/ Rivadeira Elva Nieves y otro/a s/cobro ejecutivo”, aplicó respecto de los honorarios en ejecución, intereses calculados a la tasa activa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento a 30 días desde la mora y hasta el efectivo pago. Fallo completo
Noticia actualizada por prórroga: Desde el 16 de diciembre de 2015 se ha implementado un nuevo sistema de solicitud de Informe de Testamento. El mismo rige a partir del 1/4/2016 con carácter obligatorio. A disposición de los interesados se encuentra una guía explicativa del sistema, conforme la nota remitida por el Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. Generación de bonos en línea

De acuerdo al cronograma de actividades destinadas a ejecutar el revalúo anual y emisión de la cuota 1/2016, ARBA procederá al cierre de la base de teleprocesamientos desde el día 16 de diciembre de 2015 hasta el 7 de enero de 2016 inclusive
Fue dictado el acuerdo 3778/15 por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, ante la necesidad de adecuar las disposiciones contenidas en los Acuerdos y Resoluciones de la Suprema Corte, que resultan afectadas por el nuevo régimen legal. Texto completo
En virtud de una resolución de la SCJBA del 19 de agosto, a partir del 1° de septiembre los letrados podrán acceder vía web a la información relativa a la existencia de antecedentes obrantes en el Registro de Juicios Universales, haciendo uso del aplicativo provisto al efecto por la Subsecretaría de Tecnología Informática de la SCJBA.

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