08
Mayo
2019

Registro de la Propiedad de la PBA. Desde 13/5/19: trámite presencial o por ventanilla virtual

Registro de la Propiedad de la Prov. de Bs. As.: el 13/5/2019 entrará en vigencia la DTR 1/19 (modif. DTR 7/19). A partir de esa fecha las dos formas de ingreso de publicidad -a través de formularios-, serán: trámite presencial; trámite por ventanilla virtual. Disposiciones. Instructivos.
Informamos que el día 13/05 entrará en vigencia la DTR 1/19,  modificada por DTR 7/19
A partir de esa fecha las dos formas de ingreso de publicidad, a través de formularios, serán las siguientes:
 
1. Trámite presencial: Confeccionados únicamente a través de la página www.rpba.gov.ar/descargas/: "formularios de publicidad" e ingresados en sede central o en las delegaciones regionales.
2. Trámite por "Ventanilla virtual": La solicitud se realiza a través de su cuenta de usuario suscripto en formato electrónico, cargar saldo y el organismo responde con firma digital en ese mismo sitio. Esta modalidad no abona formulario.
Si aún no tiene habilitada la cuenta de usuario suscripto por favor, dirigirse al Colegio:
Para obtener su PIN comuníquese al 4732-0303 Int. 516 o al 4732-1897
o envíe un mail a servicios@casi.com.ar  /  salatribunales@casi.com.ar 
con los siguientes datos: Apellidos, Nombres, DNI, Tomo y Folio.

Qué dice la DTR 7/2019 
(La Plata, 26/4/2019).Publicidad registral. Servicios de publicidad. Interés legítimo.  Formas de solicitud. Restablecimiento de la vigencia de las DTR 1/2019 y 2/2019 a partir del 13 de mayo de 2019. Modificación de la DTR 1/2019

VISTO las Disposiciones Técnico Registrales N° 1/2019, N° 2/2019 y N° 3/2019, y CONSIDERANDO
Que la Disposición Técnico Registral N° 1/2019 procedió a ordenar y actualizar la normativa vigente en materia de publicidad registral, estableciendo procedimientos acordes con los actuales desarrollos tecnológicos;
Que mediante la Disposición Técnico Registral N° 2/2019 se incorporaron a la Disposición Técnico Registral N° 14/2010 los nuevos lineamientos aprobados por la norma citada anteriormente;
Que por cuestiones de índole operativa, mediante la Disposición Técnico Registral N° 3/2019 se procedió a suspender la vigencia de ambas disposiciones hasta la superación de las dificultades sobrevinientes;
Que al haberse sobrellevado los inconvenientes que obstaculizaban la puesta en vigencia de las normas referenciadas, corresponde llevar adelante el acto mediante el cual se actualice y se otorgue eficacia a las reglamentaciones en cuestión;
Que la presente disposición se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 52 del Decreto Ley N° 11643/63, concordante con los artículos 53 y 54 del Decreto N° 5479/65.
Por ello, LA DIRECTORA PROVINCIAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DISPONE:
 
ARTÍCULO 1°. A partir del día 13 de mayo de 2019 entrarán en vigencia las Disposiciones Técnico Registrales N° 1/2019 y N° 2/2019.
ARTÍCULO 2°. Modificar el artículo 66 de la Disposición Técnico Registral N° 1/2019, el que queda redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 66. Servicios habilitados con firma digital. Se encuentran habilitados los siguientes servicios web de publicidad:

a) Certificado de dominio inmueble matriculado – Folio Real (750);
b) Certificado de dominio inmueble no matriculado – Ley 2.378 (750);
c) Certificado de Anotaciones Personales (751);
d) Informe de dominio inmueble matriculado- Folio Real (752);
e) Informe de domino inmueble no matriculado – Ley 2.378 (752);
f) Informe de Anotaciones Personales (753);
g) Copia de dominio inmueble matriculado – Folio Real (754);
h) Copia de dominio inmueble no matriculado – Ley 2.378 (754);
i) Consulta al Índice de Titulares (755).
 
ARTÍCULO 3°.(de estilo)
 

Noticias

Mediante el Acuerdo Nº 3930/19 de la Suprema Corte de Justicia bonaerense se agregaron dos materias de juicio en la descripción para los procesos judiciales que se inicien conforme el “Régimen de Receptorías de Expedientes. Archivos del Poder Judicial y Mandamientos y Notificaciones".
Ponemos en su conocimiento que la Sala de Profesionales del 2do. entrepiso del Edificio de Tribunales de San Isidro - Ituzaingó 340- próximamente será puesta a disposición de nuestros matriculados totalmente remodelada y renovada, para poder realizar sus trámites habituales.
El Registro de la Propiedad Inmueble según lo dispuesto en al art. 6º de la Resolución 2809/18 determinó que serán obligatorios a partir del lunes 11 de marzo de 2019 los nuevos modelos de oficio que ponemos a disposición de los interesados.
Se hace saber a los interesados, que el Colegio ha reclamado a través del Colegio provincial, se gestione ante el alto Tribunal que se disponga la suspensión de términos procesales, con validez de los actos cumplidos, en relación al día 26 de febrero del corriente, debido a los inconvenientes que imposibilitaron realizar presentaciones electrónicas.
Por acuerdo n° 3918 de la SCBA expedida el 19 de diciembre 2018, se han fijado nuevos valores que rigen en relación al jus cfr. art. 9 de la Ley 14.967 y adecuado el valor del jus arancelario decreto ley 8904/77.

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