20
Ago
2014

Recetas de medicamentos. Requisitos exigidos

Ponemos a disposición de los afiliados de Casa Salud Sistema Asistencial un modelo con los requisitos exigidos por el Colegio de Farmacéuticos para ser tomado como referencia al momento de solicitar su receta de medicamentos. Para tener presente todos los requerimientos aconsejemos la impresión del texto adjunto.

En razón de  las numerosas quejas y reclamos respecto a la resistencia y negativa de las farmacias a admitir las recetas de medicamentos expedidas por los profesionales autorizados de CASA SALUD SISTEMA ASISTENCIAL y teniendo en cuenta  que los interesados desconocen  los requisitos y detalles que debe reunir las mismas para ser aceptadas, acercamos un modelo para superar  ese tipo de inconvenientes.

Requisitos que debe cumplir una receta por medicamentos

* Datos del paciente. Nombre y apellido completo. N° de afliado. Plan de CASA contratado
-Nombre genérico del medicamento prescripto
-Nombre comercial del medicamento prescripto
-Diagnóstico
-Edad
-Sexo
-Fecha y lugar de expedición de la receta
-Firma y aclaración del profesional médico que emite la receta (incluyendo su n° de matrícula)

Noticias

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Aviso. Comunicamos a los Colegas que en la Sala de Profesionales de la sede del Colegio en Pilar, ya se encuentra habilitado el servicio de pago mediante el uso de tarjetas de crédito y débito de VISA o MASTERCARD, para diversos conceptos.
Por acuerdo n° 3938 de la SCBA expedida el 29 de mayo de 2019, se han fijado nuevos valores que rigen en relación al jus cfr. art. 9 de la Ley 14.967 y adecuado el valor del jus arancelario decreto ley 8904/77. Bonos.
A partir del lunes 3 de junio se habilita el ingreso de oficios de medidas cautelares electrónicos, provenientes de juzgados de la Provincia de Buenos Aires. A continuación se detallan los pasos desde que es concedida una medida cautelar electrónica hasta que su resultado se notifica al juzgado por el Registro de la Propiedad.
Registro de la Propiedad de la Prov. de Bs. As.: el 13/5/2019 entrará en vigencia la DTR 1/19 (modif. DTR 7/19). A partir de esa fecha las dos formas de ingreso de publicidad -a través de formularios-, serán: trámite presencial; trámite por ventanilla virtual. Disposiciones. Instructivos.

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