10
Abr
2020

Préstamos para nuestros jubilados y pensionados

Nuestros Jubilados y Pensionados podrán solicitar de manera ONLINE el monto correspondiente a un haber (el que perciba el beneficiario) con interés CERO por ciento. Más detalles
  • préstamo caja

Nuestros Jubilados y Pensionados podrán solicitar de manera ONLINE el monto correspondiente a un haber (el que perciba el beneficiario)

MONTO: el correspondiente a un haber (el que perciba el beneficiario)

MODALIDAD DE PAGO : 6 cuotas que serán deducidas de los haberes mensuales (no podrá superar el 20% del haber). Sólo se deduce al comienzo el 2% de seguro de cancelación.

PRIMERA CUOTA: no afectará los haberes del mes siguiente al acuerdo.

INTERÉS: 0 %

 ¿Qué debo presentar?

-FORMULARIO FIRMADO

-CONSTANCIA DE CBU de una cuenta a su nombre, en la cual desee que se deposite el préstamo.

 ¿Cómo presentarlo? Enviando una foto o escaneo (con buena resolución) del formulario completo y firmado junto a la constancia de CBU a las siguientes casillas de correo:  

pcastagnero@cajaabogados.org.ar    o   bien a:

elupi@cajaabogados.org.ar

 

 

 

Fuentes
Caja de la Abogacía de la Provincia de Buenos Aires

Noticias

La Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 60/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente hasta el 8 de noviembre. Resoluciones prorrogadas.
Fueron publicadas las medidas atinentes al funcionamiento del servicio de transporte automotor, ferroviario interurbano de pasajeros de jurisdicción nacional y vuelos de cabotaje (además de los requisitos que deben cumplir las líneas aéreas).Se habilitó el uso de transporte público para los alumnos que asistan a clases presenciales.
Como consecuencia de las gestiones, acciones y reclamos que efectuara el CASI a través de su Comisión de Previsión y Seguridad Social conjuntamente con COLPROBA y FACA se logró el dictado de la normativa que permite el inicio de nuevos trámites virtuales cfr. la resolución 362 en adjunto.
Mediante Resolución SPL Nº 58/20, se prorrogan las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente, con énfasis en la utilización del trabajo remoto y el uso de las tecnologías de la información y comunicación disponibles. Dec.792/20. Prórroga AFIP.
La presidencia de la Suprema Corte de Justicia dispuso, mediante Resolución SPL Nº 52/20, prorrogar las medidas dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria vigente. Resoluciones prorrogadas. Decreto DNU 754/20.

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