05
Mayo
2018

Pautas interpretativas del Ac. SCBA 3886/18

Ofrecemos una guía, confeccionada por el COLPROBA de la que nuestro Colegio forma parte activa y permanente, para aclarar dudas en relación a la Acordada n° 3886 de la SCBA que establece el nuevo reglamento para las presentaciones por medios electrónicos.
  • A partir del 1 de junio se producirá la digitalización plena del expediente en soporte papel. El mismo podrá ser visualizado en forma íntegra, y con todas las piezas y escritos judiciales que lo componen, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
  • Con el nuevo acuerdo, se deroga el acta poder para efectuar presentaciones electrónicas establecido en la Res. SCBA 1827/12 y la Res. SCBA 3415/12.

Es objeto de este trabajo -elaborado por el COLPROBA de la que nuestro Colegio forma parte  activa y permanente-, la interpretación de la nueva norma con el objeto de despejar las dudas que se han receptado.

* Noticia relacionada. Espacios de ayuda digital en el CASI. 
* También puede interesarle: SUMARIO: I. Un nuevo paradigma en materia de presentaciones electrónicas en la justicia provincial. • II. El portal web eguro de la Suprema Corte de Justicia: sostén del Sistema de Presentaciones Electrónicas. La auditoría como método de contralor. • III. La regla: obligatoriedad de la utilización del Sistema de Presentaciones Electrónicas. • IV. La excepción: presentación de escritos en soporte papel. • V. Carácter taxativo de las excepciones contempladas. Consecuencias ante la inobservancia del medio en que debe presentarse el escrito. • VI. La derogación del “acta poder” para efectuar presentaciones electrónicas. • VII. Presentación de escritos electrónicos. El cargo judicial. • VIII. Descarga de presentaciones electrónicas. • IX. Las copias de escritos para traslado. • X. Documentos acompañados a las presentaciones electrónicas. •XI. Digitalización de las constancias incorporadas al expediente en soporte papel. • XII. Mantenimiento de presentaciones en formato electrónico. • XIII. Algunas conclusiones preliminares  (Por Bielli, Gastón E. • Nizzo, Andrés L. Publicado en: LLBA2018 (abril), 1 Cita Online: AR/DOC/602/2018)

Presione la imagen para descargar la guía:

Guía para despejar dudas sobre SNPE

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Fuentes
COLPROBA

Noticias

Ha resuelto la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el 28 de mayo de 2014 - en virtud de lo dispuesto por la ley 14256- el inicio de las actividades del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nro. 2 de San Isidro, a partir del 10 de julio del corriente
De interés para los colegas. El Colegio informa que a partir de las gestiones realizadas por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y en especial por el de San Isidro, se ha logrado el emplazamiento de una dependencia del BAPRO (y un cajero automático) en nuestra sede.
Noticia actualizada: 22-5-14. Ante la suspensión de tareas del personal del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires, han sido prorrogados los plazos de validez de los certificados de dominio y anotaciones personales. Se trata de la disposición Técnico Registral nro. 05/2014. (Textos completos de las DTR 03, 04 y 05)
A partir del día de la fecha, el SERVICIO PROVINCIA NET ha comenzado a funcionar con atención exclusiva para abogados con matrícula provincial, en el hall central del anexo del Colegio, Acassuso 424. El servicio será prestado todos los días de semana en el horario de 8:00 a 13:45.
El Colegio de Abogados de San Isidro ha inaugurado una Sala de Profesionales en los Tribunales de Familia, sita en la Avenida Centenario 1860 de Beccar. La misma se encuentra ubicada en la planta baja de dicho inmueble. Servicio de fotocopiado limitado.

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