29
Mar
2020

Nueva normativa. Alquileres. Hipotecas. Certificado único habilitante

En el día de la fecha han sido publicados en el Boletín Oficial de la R.A. n° 34342, los DNU nros. 319 y 320 relativos a hipotecas y a alquileres, respectivamente. También la res. 48 del Ministerio del Interior que establece el certificado único habilitante de circulación. Textos.
  • nva normativa

En el  Boletín Oficial de la República. Argentina del 29 de marzo de 2020 han sido publicados sendos DNU  de orden público, en el marco de la emergencia pública. A saber:

Decreto nro. 319/20 - Hipotecas
Voces del articulado: Congelamiento del valor de las cuotas - Suspensión de ejecuciones - Prescripción y caducidad- Prórroga de inscripciones registrales - Deudas por diferencia en el monto de las cuotas - Deudas por falta de pago

Decreto nro.  320/20 -Alquileres
Voces del articulado: Suspensión de desalojos -prórroga de contratos - congelamiento de precios de alquileres - subsistencia de fianza - deudas por diferencia de precio - deudas por falta de pago – bancarización - contratos alcanzados - excepción - vulnerabilidad del locador – exclusión- mediación obligatoria

Además el  Mininisterio  del Interior por Res. 48/2020 estableció  el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona a on line (Plataforma digital para hacer el trámite.Validez: 7 días)

 

 

 

Fuentes
BORA

Noticias

Llamado a los jueces, juezas y fiscales de la Provincia de Buenos Aires, para que adopten las medidas necesarias tendientes a evitar la generación de situaciones de violencia y la propagación del COVID 19 en los sitios de encierro.
Res.1/20 CIDH del 10/4/20: Las Américas y el mundo se enfrentan actualmente a una emergencia sanitaria global sin precedentes ocasionada por la pandemia del virus que causa el COVID-19, ante la cual las medidas adoptadas por los Estados en la atención y contención del virus deben tener como centro el pleno respeto de los derechos humanos. Descargue texto completo.
Ante la inminente declaración de la continuidad del Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, nos vemos en la obligación de reiterar y profundizar los conceptos vertidos en los Comunicados de fecha 13 y 26/3 pasados, en los que se reclamara el funcionamiento pleno del servicio de justicia sin poner en riesgo la salud de nadie.Sin justicia no hay República ni resulta posible la protección de los derechos de la ciudadanía. Declaración completa.
Ante la situación profesional gravemente afectada a causa del COVID-19 -, y dada la naturaleza esencialmente solidaria de la Caja, prestará ayuda a los afiliados y afiliadas, en especial a los que se encuentran en real situación de emergencia mediante dos líneas de ayuda solidaria, con requisitos mínimos y sin gastos administrativos. Más detalles.
El COLPROBA solicitó al Sr. Presidente Dr. Alberto Fernández incluir a los abogados y abogadas dentro de las medidas que se adopten sobre ayuda o asistencia para las PyMES o pequeños comerciantes, equiparando así las dificultades que unos y otros tenemos para el desarrollo de la actividad.

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