29
Mar
2020

Nueva normativa. Alquileres. Hipotecas. Certificado único habilitante

En el día de la fecha han sido publicados en el Boletín Oficial de la R.A. n° 34342, los DNU nros. 319 y 320 relativos a hipotecas y a alquileres, respectivamente. También la res. 48 del Ministerio del Interior que establece el certificado único habilitante de circulación. Textos.
  • nva normativa

En el  Boletín Oficial de la República. Argentina del 29 de marzo de 2020 han sido publicados sendos DNU  de orden público, en el marco de la emergencia pública. A saber:

Decreto nro. 319/20 - Hipotecas
Voces del articulado: Congelamiento del valor de las cuotas - Suspensión de ejecuciones - Prescripción y caducidad- Prórroga de inscripciones registrales - Deudas por diferencia en el monto de las cuotas - Deudas por falta de pago

Decreto nro.  320/20 -Alquileres
Voces del articulado: Suspensión de desalojos -prórroga de contratos - congelamiento de precios de alquileres - subsistencia de fianza - deudas por diferencia de precio - deudas por falta de pago – bancarización - contratos alcanzados - excepción - vulnerabilidad del locador – exclusión- mediación obligatoria

Además el  Mininisterio  del Interior por Res. 48/2020 estableció  el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona a on line (Plataforma digital para hacer el trámite.Validez: 7 días)

 

 

 

Fuentes
BORA

Noticias

La SCBA extendió hasta el 30 de abril inclusive, el mantenimiento de las condiciones y alcances en la habilitación y funcionamiento del servicio en las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y la justicia de paz de acuerdo al estado de situación existente a la fecha, con ciertas adecuaciones tendientes a evitar los riesgos de contagio. Res. 12/21.
El DNU nº 235 publicado en el día de la fecha en el Boletín Oficial se refiere a las medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, en razón de la situación de la pandemia por Covid. Aspectos destacados. Texto completo.
Por resolución 400/21 la SCBA dispuso la prórroga hasta el 3 de mayo inclusive 2021 de la vigencia de medidas de protección o cautelares, decretadas por violencia familiar y de género.
En otro paso hacia la normalidad y en respuesta a los reclamos colegiales, hacemos saber que las audiencias presenciales en todos los fueros (civil, comercial, contencioso, laboral, penal y de Paz), no necesitan de autorizaciones expresas de la Suprema Corte. Ver Resoluciones y acordadas relacionadas.
Por resolución 4/21 la SCBA dispuso la prórroga hasta el 5 de abril de 2021 de la vigencia de medidas de protección o cautelares, decretadas por violencia familiar y de género. Texto completo.

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