20
Dic
2018

Jus arancelario. Desde el 1/12/2018

Por acuerdo n° 3918 de la SCBA expedida el 19 de diciembre 2018, se han fijado nuevos valores que rigen en relación al jus cfr. art. 9 de la Ley 14.967 y adecuado el valor del jus arancelario decreto ley 8904/77.

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SCBA. Acuerdo nro. 3918 del 19 de diciembre de 2018 1.- Fijar el valor del "Jus" conforme art. 9 de la Ley N° 14.967 con vigencia desde el 1° de diciembre de 2018 en la suma de pesos un mil trescientos veinte ($ 1.320).

2.- Adecuar el valor del "Jus arancelario decreto-ley 8904/77", a partir del 1° de diciembre de 2018 en la suma de pesos novecientos dos ($ 902.-), en consonancia con lo indicado en el segundo párrafo de los considerandos del presente.

CUMPLIMIENTO DEL ANTICIPO (JUS) PREVISIONAL El art. 13 de la Ley 6716 t.o. por la Ley 11.625 es claro y preciso al determinar que dicho anticipo se debe hacer efectivo al iniciar una labor profesional susceptible de devengar honorarios. Esta contribución NO se vincula con el resultado final del trámite ni con la efectiva percepción del honorario ni con la suerte que corra la imposición de costas. Si hay efectivo cobro de honorarios, el JUS PREVISIONAL abonado se descuenta actualizado del aporte personal que corresponda, según el art. 12 inc. a) de la Ley 6716 t.o. dec. 4771/95. Frente a la clara disposición de la norma, NO existe ningún tipo de excepción que permite soslayar dicho mandato legal.Al respecto y en ejercicio de las facultades que le confiere el art. 7 de la Ley 6716, el Directorio de la Caja en la CIRCULAR N° 2 ha fijado los siguientes criterios sobre la aplicación e interpretación de algunas de las reformas introducidas por la Ley 10.268, entre los que se encuentra la reglamentación del art. 12 bis (Cfr. Ley 10.268), hoy art. 13 de la Ley 6716 t.o. dec. 4771/95

Jus previsional

Noticias

Último momento. La Corte Suprema de Justicia de la Nación por resolución 3019, acaba de decretar la suspensión de términos para los días 24 y 25 de octubre de 2016 para todas las Cámaras, Tribunales orales y Juzgados del Poder Judicial de la Nación, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos. Exhortación.
Según la Ac. 3823 expedida por la Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires el 19 de octubre de 2016 rige el valor del "Jus", con vigencia desde el 1° de agosto de 2016, de $ 523. La presente disposición deroga la Acordada 3803 emitida el 8 de junio.
Se encuentra funcionando un nuevo espacio de servicios en el hall del edificio de Tribunales. Las instalaciones habilitadas permiten que numerosos colegas puedan hacer uso de ese espacio facilitándoles las tareas del diario ejercicio profesional tribunalicio. Cuenta con espacios privados para mayor seguridad y comodidad.
Hacemos saber a los colegas y usuarios en general que la Oficina de Mandamientos y Notificaciones de San Isidro, permanecerá cerrada los días lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de agosto por mudanza. Conforme luce un cartel en esa dependencia se trasladan a Ituzaingó 90, primer piso, a partir de primero de septiembre.
El Registro Provincial de las Personas, a través de la Disposición 1366/16, aprobó cambios en la confección de distintos modelos de oficios. La normativa vigente establece que todas las resoluciones judiciales que den origen, alteren o modifiquen el estado civil o la capacidad de las personas, deberán ser remitidas al Registro de origen de la inscripción para su toma de razón.

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