03
Abr
2020

Inicio de causas a través del SNPE, 6 al 12/4/2020

Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción “ Nuevas causas”. Más detalles. Res. 15 - Instructivo

Inicio de causas a través del portal del Sistema de notificaciones y presentaciones electrónicas.

COVID-19 (CORONAVIRUS)- SCBA- RES. 15/20.

Desde el 6 al 12 de abril inclusive se podrán iniciar causas Civiles y Comerciales, de Familia, Contencioso administrativas  y Laborales a través del Portal del Sistema de Notificaciones y Presentaciones electrónicas, mediante la opción: “Nuevas causas”.

Se iniciarán únicamente ante Juzgado de Paz u Órganos Jurisdiccionales de Primera Instancia que se encuentren de turno y siempre y cuando se trate de causas  de “Urgente despacho o de inminente prescripción de la acción”. 

También se utilizará ésta modalidad  para la interposición de “Queja” ante las Cámaras de Apelación por recurso de apelación denegado o mal concedido.

Qué dice la Resolución de la  SCBA, nº 15/20   -    Instructivo

Los abogados que realicen las respectivas presentaciones completarán en el Portal de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas los datos requeridos habitualmente por las Receptorías de Expedientes Departamentales, constituyendo la presentación firmada una declaración jurada equivalente al Formulario de inicio de Expedientes. El sistema brindará una constancia que oficiará de respaldo y recepción de los datos consignados, independientemente de la presentación remitida.

Expirado el período de excepcionalidad, los Juzgados y Tribunales que hayan recibido presentaciones de inicio de expedientes a través del Portal de Notificaciones y Presentaciones, remitirán los mismos a la Receptoría de Expedientes Departamental, la que procederá a su sorteo y radicación definitiva.

Fuentes
COLPROBA
SCBA

Noticias

Las personas profesionales ciegas o ambliopes, pueden efectuar presentaciones y notificaciones en soporte papel y desempeñarse del modo en que habitualmente lo hacían, con anterioridad al dictado de normas extraordinarias con motivo de la pandemia de COVID 19. Pueden concurrir a la sede de las dependencias de la Justicia Nacional en lo Civil, sin necesidad de asignación de turno previo. Requisitos.
Por Resolución SPL Nº 45/20 la SCBA prorroga las medidas dispuestas para el desarrollo del servicio en el ámbito de la Administración de Justicia, de acuerdo a las decisiones impartidas por las autoridades competentes en el contexto de emergencia sanitaria. Ver DNU 714/20.
Exceptúase de la suspensión de los plazos administrativos establecida por Dec. N° 298 del 19/3/20 y sus prórrogas, a los actos procesales previstos en los trámites de actuación ante las COM. MÉDICAS JURISDICC. y la COM. MÉDICA CENTRAL (dispuestos por Res. S.R.T. Nº 179 del 21/1/15 y N° 298 del 23/2/17), que puedan ser cumplidos de forma remota no presencial.
La SCBA dispuso, por Res. SPL Nº 40/20 prorrogar las medidas dispuestas para el desarrollo del servicio en el ámbito de la Administración de Justicia, de acuerdo a las decisiones impartidas por las autoridades competentes en el contexto de emergencia sanitaria. (De interés: adjunto Dec. 677/20)
La Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dispuso el 7/8/20 el cierre preventivo de ambos Juzgados Federales en lo Criminal y Correccional con asiento en San Isidro. Fue declarado día inhábil el viernes 7/8/2020. Texto de la Resolución 27/20 CFASM

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