La Federación Argentina de Colegios de Abogados convoca a participar del II Concurso literario y científico jurídico Dr. Guillermo O. Nano. Los trabajos deberán ser inédéditos, tema libre. El lugar de presentación de las obras será la sede de la Federación. El plazo de presentación de las obras vencerá el día viernes 31 de mayo de 2018.
II CONCURSO LITERARIO Y CIENTIFICO-JURIDICO DR. GUILLERMO O. NANO
Federación Argentina de Colegios de Abogados FACA -Cultura-
BASES Y CONDICIONES
ARTÍCULO 1º: Podrán presentar obras los abogados en actividad y/o los jubilados de todo el país y alumnos avanzados de la carrera de abogacía de Facultades de Derecho a nivel nacional que reúnan la condición de alumno regular con más de veinticinco materias aprobadas. Los géneros serán los siguientes: a) ensayo jurídico; b) poesía; c) cuento breve; d) libre.
ARTÍCULO 2º: Los trabajos deberán ser inéditos y estar escritos en idioma castellano.
ARTÍCULO 3º: El tema es libre y cada concursante podrá presentar un trabajo en cada uno de los géneros en competencia, con un seudónimo diferente en cada caso.
ARTÍCULO 4º: En ningún supuesto el sistema de publicación afectará los derechos intelectuales del autor.
ARTÍCULO 5°: De cada trabajo se presentarán dos ejemplares abrochados o anillados, en un sobre cerrado, caratulado con el nombre del concurso. En el interior de este sobre, se deberán acompañar dos sobres cerrados: sobre A (destinado al Jurado) con los siguientes datos: a) género en el que se presenta el concursante; b) título de la obra; c) seudónimo que adopta el autor. sobre B con los siguientes datos: a) nombre y apellido del autor; b) tipo y número de documento; c) domicilio y teléfono; d) fotocopia del título de abogado o constancia de abogado jubilado; e) constancia de alumno regular y analítico parcial de donde surja la cantidad de materias aprobadas; f) declaración jurada expresa de que la obra no ha sido presentada en concurso y/o certamen anterior ni tampoco en concurso y/o certamen alguno pendiente de resolución; g) título de la obra; h) seudónimo que adopta el autor.-
ARTÍCULO 6º: El lugar de presentación de las obras será la sede de la Federación Argentina de Colegios de Abogados, avenida de Mayo Nº 651, segundo piso, CP 1084, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, personalmente o por correo (teléfonos 011-43318008/ 011-43318009).-
ARTÍCULO 7: Los Jurados estarán integrados por miembros designados por la Federación Argentina de Colegios de Abogados y se expedirán en un plazo máximo de cuarenta y cinco días corridos. Se designarán un Jurado de tres miembros para el género "ensayo jurídico" y un Jurado de tres miembros para los géneros literarios "poesía", "cuento breve" y "libre".- Dichos Jurados determinarán a los ganadores en cada género y el orden de mérito.
ARTÍCULO 8º: El plazo de presentación de las obras vencerá el día viernes 31 de mayo de 2018.- Para las obras remitidas por correo se considerará la fecha que conste en el matasello o timbre postal.
ARTÍCULO 9º: Las obras deberán presentarse escritas en computadora, en papel formato A4 (según norma DIN-A4, 210 x 297 mm.) a doble espacio interlineado en letra Times New Roman cuerpo 12, impresas a simple faz, margen superior de 3 ctms, margen inferior de 3 ctms, margen izquierdo de 3 ctms y margen derecho de 1,5 ctms. Los autores deberán adjuntar un CD con copia de la obra presentada.
ARTÍCULO 10°: El ensayo jurídico y el cuento breve tendrán una extensión máxima de diez carillas. La poesía no deberá superar los cuarenta versos. La categoría libre es sin condiciones estipuladas.-
ARTÍCULO 11º: Los tres primeros premios de cada género serán publicados por la Federación Argentina de Colegios de Abogados en su Página Web y/o por el medio o soporte que considere más conveniente. La participación en el concurso implica la cesión de derechos de publicación por parte del autor.
ARTÍCULO 12º: La Federación Argentina de Colegios de Abogados determinará fecha y lugar de entrega de premios.
ARTÍCULO 13º: Los trabajos presentados no serán devueltos.
ARTÍCULO 14º: Cualquier situación no prevista será resulta por la entidad organizadora en forma definitiva e irrecurrible.