A través de la Resolución SC Nº 14/21, la Suprema Corte de Justicia dispuso mantener hasta el 28 de febrero de 2021 inclusive las condiciones y alcances de habilitación y funcionamiento vigentes en los organismos de las cabeceras departamentales, sedes descentralizadas y justicia de paz.
En detalle, a los fines de la prestación del servicio de justicia provincial, se sostiene la siguiente normativa:
1) Continuidad de la situación de excepción reglada por la Resolución SC Nº 480/20, sus ampliatorias y complementarias;
2) Habilitación y funcionamiento de la actividad jurisdiccional y administrativa, en función de las pautas previstas en las Resoluciones SC Nº 583/20 y Nº 655/20;
3) Régimen especial instituido por las Resoluciones SC Nº 1250/20 y Nº 1251/20.
Encuadrado en el marco de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia PEN Nº 67/2021, que mantiene la situación de "Distanciamiento Social y Preventivo Obligatorio" en el territorio provincial hasta el próximo 28 de febrero, lo dispuesto no obsta la posibilidad de incorporar adecuaciones, ajustes o el dictado de nuevas resoluciones motivadas en la eventual reversión de la situación dada en oportunidad del dictado de la presente.