31
Mar
2020

Exclusivo. Certificado para casos excepcionales y urgentes

El Colegio de Abogados de San Isidro continuará el servicio para sus matriculados, de emisión del "Certificado para casos excepcionales y urgentes".Se gestiona por e mail. Otros certificados y resoluciones.

Aclaración

El  Colegio de Abogados de San Isidro, continuará el servicio de emisión de "Certificado para casos excepcionales y urgentes" que viniera prestando,  on line, para sus Matriculados, desde el inicio de la emergencia sanitaria con motivo de la epidemia del coronavirus.

INSTRUCTIVO PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE ACTUACIÓN
PARA CASOS URGENTES Y EXCEPCIONALES
EMITIDO POR EL CASI

 

Trámite por e mail: consejo@casi.com.ar

Aquellos colegas que deban llevar a cabo una actuación profesional excepcional y urgente, y necesiten contar con un certificado que así lo acredite, tendrán que:
1) Enviar por  e mail a consejo@casi.com.ar una nota con carácter de DECLARACIÓN  JURADA, al Consejo Directivo donde especifiquen:
a) las  iniciales de la persona o grupo de ellas a las que deberá asistir;
b) la descripción de la causa que suscita su intervención y los datos del expediente si los tuviera;
c) los datos de matriculación (tomo y folio) en este Colegio profesional, manifestando que se encuentra activo en la matrícula.

2) El matriculado recibirá en su correo electrónico la certificación expedida por SECRETARÍA. 

 

Certificado Único Habilitante para Circulación

El  Ministerio  del Interior por Res. 48/2020 estableció la vigencia del Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 que se gestiona  a través de la plataforma digital para hacer el trámite.  ("Mis Trámites a distancia")
Validez del certificado: una vez emitido el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID19”, tendrá vigencia por el plazo de SIETE (7) días corridos. Superado el plazo, puede volver a solicitarse.
*Decisión Administrativa 446/2020 DECAD-2020-446-APN-JGM - Certificado Único Habilitante para Circulación. Ciudad de Buenos Aires, 01/04/2020 Fecha de Publicación: B.O. 1/04/2020.
*Síntesis. Validación de la situación de quienes se encuentren comprendidos dentro de alguna de las excepciones previstas. Se fija la fecha (6/4/20)  a partir de la cual la totalidad de los particulares deberán acreditar tal condición a través del Certificado Único Habilitante para Circulación - Emergencia COVID-19. Cómo se gestiona. Instructivo

 

 

 

Fuentes
Ministerio del Interior
https://tramitesadistancia.gob.ar/

Noticias

Sumándonos a las medidas de prevención que la actual situación de emergencia sanitaria nos impone, invitamos a los colegas a tramitar por e mail certificados relacionados a la matrícula profesional, cumpliendo con los requisitos que en cada caso correspondan. Ver los detalles. Este servicio estará disponible cuando reabra el Colegio (1/4/20).
Ha sido declarado el cese general de actividades en la totalidad de Comisiones Médicas Jurisdiccionales y Delegaciones como así también en la Comisión Médica Central en los términos de la Resolución SRT N° 23 de fecha 17 de marzo de 2020 que se transcribe.
Invitamos a la comunidad a difundir las informaciones, recomendaciones y acciones positivas que estén al alcance de cada uno para diezmar el avance de la epidemia de coronavirus. Afiche para imprimir.
Ante la situación de emergencia sanitaria, las denuncias penales a ser iniciadas por abogados apoderados o patrocinantes, puedan formalizarse a través de la siguiente dirección de correo electrónico: fisgen.si@mpba.gov.ar
La SCBA, dispuso asueto -en consonancia con las disposiciones oficiales tomadas en relación a la epidemia de coronavirus- en todo el ámbito del Poder Judicial provincial, con suspensión de los términos procesales, desde el 16 hasta el 31 de marzo del corriente año (Ac. 386-30). Medidas del Ministerio Público Fiscal, PG 159-20. Corte Suprema de la Nación: Ac. 04/20. El Colegio atiende de 8:00 a 14:00.

Suscripción Revista

Subscribe for updates on all content.