03
Oct
2017

En defensa de los derechos de los abogados lograron un fallo a favor

La SCBA resolvió el planteo de nulidad efectuado por la Caja de Abogados, en relación al fallo "Isla Sara E. c/ Provincia de Buenos Aires s/ Amparo Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley", que considera inaplicable la tasa de interés activa que postula el art. 54 inc. b) de la Ley 8904, para los honorarios y aportes en mora. La doctrina del fallo Isla No está firme...

El pasado 27 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió el planteo de nulidad efectuado por la Caja de Abogados, en relación al fallo "Isla Sara E. c/ Provincia de Buenos Aires s/ Amparo Recurso Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley",  que considera inaplicable la tasa de interés activa que postula el art. 54 inc. b) de la Ley 8904, para los honorarios y aportes en mora.

Por mayoría la Suprema Corte resolvió remitir las actuaciones a primera instancia, a fin de que se tramite el incidente de nulidad. 

La Caja  planteó la nulidad de todo lo actuado, no sólo del fallo de la Suprema Corte, sino de todas las resoluciones antecedentes que le dan origen, por cuanto se debatió el interés que resulta aplicable para la actualización de los honorarios adeudados al abogado, sin haberle dado intervención a la Caja de Abogados, y desatendiendo el perjuicio que una decisión sobre ese tema le podría generar a la Caja, teniendo en cuenta que el aporte se determina a partir del honorario y sus eventuales accesorios.

La tesis mayoritaria entendió que:  “la Caja posee un interés legítimo en controvertir el alcance de la remuneración y accesorios que se asignen al letrado interviniente en la presente causa, desde que de su cuantía dependerá el porcentaje que dicho profesional y el condenado en costas deberán tributarle.”,

La doctrina del fallo Isla No está firme
La resolución de la Suprema Corte refuerza la postura de que el fallo no está firme, no sólo porque se encuentra pendiente de trámite el recurso extraordinario Federal oportunamente interpuesto, sino porque todas las actuaciones producidas desde la primera instancia podrían ser declaradas nulas por afectación del debido proceso, en función de no haber respetado el derecho de defensa de la Caja de Abogados en un conflicto que ponía en riesgo el financiamiento de nuestro Sistema Previsional.

Noticias

Por medio del Acuerdo Nº 4040 la SCBA aprobó el "Reglamento para las Presentaciones y Notificaciones por medios electrónicos para los fueros Penal y de la Responsabilidad Penal Juvenil" que se aplicará en forma obligatoria en los ámbitos mencionados y entrará en vigencia el lunes 1 ° de noviembre de 2021.
Ponemos a disposición el Ac. SCBA 4039, que ordena el texto del nuevo Reglamento para las Presentaciones y las Notificaciones por Medios Electrónicos (ac. 4013). Entrará en vigencia el 1º de noviembre del corriente. Se realizará una prueba piloto. Régimen especial para personas con discapacidad. Destacados.
Ha sido establecido el nuevo valor del Jus, a partir del 1º septiembre de 2021 (también a partir de 1°/10/21 y 1°/11/21), conforme los alcances de la Acordada de la SCBA nro. 4037. Bono ley 8480 se actualizará a la brevedad.
A resultas de las gestiones articuladas desde la colegiación, la SCBA estableció que a partir del 27/9/21 todos los organismos jurisdiccionales de la Adm. de Justicia, así como los órganos de gobierno de la propia Corte y los Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los oficios en formato digital al Instituto Nac. de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
Impulsando desde la colegiación la consolidación digital en la administración de justicia, la SCBA ha firmado con el Ministerio de Transporte de la Nación un Convenio para la utilización del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas de la justicia bonaerense, que permitirá implementar el procedimiento de requerimiento y contestación de oficios judiciales por medios electrónicos.

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