Derecho Canónico

Instituto de Derecho Canónico, Derecho Público Eclesiástico y Derecho Comparado La decisión del Consejo Directivo de crear el Instituto de “Derecho Canónico, Derecho Público Eclesiástico y Derecho Comparado”, ha permitido que los abogados posean de aquí en más, un ámbito de reflexión en ambos derechos como se hacía en el medievo al entenderse que el legista sine canonibus parum valet, canonista sine legibus nihil. En la segunda mitad del siglo XI las colecciones canónicas vuelven a recepcionar los textos romanos para fundar sus disposiciones, como se evidencia en la Collectio Britannica, la Excerpta Bobiensi, la Lex Romana Canonice compta, el Decretum Ivonis Carnutensis, y en particular en el Decretum Gratiani divulgado (C.15, q.3, c.4, d. p.). Lucio III enunciará el principio de compatibilidad entre ambos derechos (X.5,32,1) hasta que se llega a admitir el derecho secular como subsidiario del canónico (X.5,33,28). Finalmente se logra la fusión de ambos derechos, el canónico y el romano novus, la que dará nacimiento al ius commune, en donde encuentran sus raíces más profundas el derecho europeo continental y el americano. Este Instituto, único entre los Colegios de Abogados de Argentina, a su vez tratará también otros aspectos del quehacer jurídico, analizando las cuestiones mixtas que se presentan en las relaciones entre el Estado y la Iglesia Católica Apostólica Romana, vinculadas especialmente a partir de las normas contenidas en el Acuerdo celebrado en el año 1966. Pero no limitará allí su actividad porque se abocará, igualmente, al estudio de otros derechos, como el hebreo y el musulmán, e incluso a materias que se vinculan con la Historia del Derecho, con el Derecho Internacional Privado, el Derecho Romano y la Filosofía del Derecho. Ciertamente, estos aspectos se enriquecerán con el trabajo conjunto con los Institutos existentes en el ámbito de este Colegio de Abogados. En la esperanza de contar con la colaboración de los matriculados que estén interesados en esta rama del saber jurídico, reciban una formal invitación para participar en el mismo. Dr. Miguel M. F. Repetto Director Instituto Derecho Canónico Conferencia Inaugural Se ha realizado la Conferencia Inaugural del Instituto de Derecho Canónico, Derecho Público Eclesiástico, y Derecho Comparado, en la que se disertó sobre "El Derecho Canónico desde la perspectiva del Derecho Argentino" a cargo del Dr. José Gimenénez Rébora y "El Canonista: una mirada in Utroque Iure" a cargo del Director Dr. Miguel M. F. Repetto.

 

Mientras persistan las medidas de distanciamiento social las Reuniones Ordinarias del Instituto se realizarán vía ZOOM. Para participar enviar datos personales por mail indicando Instituto de interés a institutos@casi.com.ar

Noticias

El jueves 30 de julio a las 17:00 el Instituto de Derecho Canónico CASI presentará "La cosa juzgada irrita en el Derecho Argentino y en el Derecho Canónico". Transmisión en vivo por Instagram Live a cargo de los Dres. Miguel M. F. Repetto Rolón y Silvia Rodríguez Tebes, en el marco del Ciclo de transmisiones en vivo de los #InstitutosCASI.
El viernes 17 de julio a las 16:00 se realizará mediante videoconferencia una Reunión Extraordinaria del Instituto de Derecho Canónico CASI. La Dra. María Cristina Mourelle de Tamborenea disertará sobre los "Impedimentos y nulidades matrimoniales en el Código Civil y Comercial de la Nación y en el Código de Derecho Canónico".
En el marco de la “Semana de diálogo entre fe y cultura” organizada por la Universidad Católica de Temuco (Chile), la Facultad de Ciencias Jurídicas, Sociales y Económicas desarrollará el próximo viernes 10 de julio de 2020 diversas conferencias via meet.google que involucrarán a expositores desde Roma, Buenos Aires y Madrid.
Este año se ha cumplido una década del fallecimiento del P. Dellaferrera, cuya vida se centró en el cultivo del derecho canónico y de la historia del derecho.
El P. Ghirlanda en su "lectio magistralis" con motivo de la terminación de su enseñanza en la Facultad de Derecho Canónica de la Pontificia Universidad Gregoriana ha abordado un tema sin duda importantísimo como es el origen de la potestad de los Obispos.

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