26
Dic
2018

Denunciaron a los Jueces de la Sala I, Cámara II Civil y Com. y Flia. de La Plata

(Ley 14967) Se hace saber que el martes 18 de diciembre del corriente año, fue presentada ante la Secretaría del Jurado de Enjuiciamiento de la Provincia de Buenos Aires, una denuncia contra los titulares de la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil, Comercial y del Fuero de Familia del Departamento Judicial de La Plata.

Informe

Denunciaron a los Jueces de la Sala I, Cam.II Civ. Com. y Flia. de La Plata

Se hace saber  que el martes 18 de diciembre  próximo pasado, se ha presentado ante la Secretaría del Jurado de Enjuiciamiento la denuncia contra los Dres. Jaime Oscar López Muro y Ricardo Daniel Sosa Aubone, ambos Jueces de la Sala Primera de la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial y del Fuero de Familia del Departamento Judicial La Plata.
 
Ello en virtud de lo resuelto por unanimidad  por el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, con motivo del fallo dictado en los autos caratulados: “S. P. N. Y OTRO/A S/ DIVORCIO POR PRESENTACION CONJUNTA” (causa: 123674), por el cual se resolviera declarar la inconstitucionalidad de la última parte del art. 16 de la ley 14967 de honorarios profesionales.
Fuentes
COLPROBA

Noticias

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, con invocación de lo dispuesto por el inc. 19 del artículo 99 de la Constitución nacional, el Colegio de Abogados de San Isidro hace saber la siguiente declaración:
Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia Nacional en comisión, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Prov. de Bs. As., manifiesta que dicha forma de designación, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.
Las ART ponen en riesgo lo que deberían proteger. El trabajo humano no constituye una mercancía. El hombre es el señor de todo mercado. El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires manifiesta su más enérgico rechazo a la lamentable publicación efectuada por la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, pretendiendo cuestionar la “judicialización” existente en esa materia.
Ley 8904 Arancelaria para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Campaña publicitaria. Pero…¿me va a cobrar tanto para cortar un cable? No: le cobro por el compromiso, los años de estudio, la experiencia y todo lo que invertí en capacitarme para saber exactamente qué cable cortar. Agradecemos difundir esta noticia.
Los abogados, acostumbrados al litigio y a la controversia, conocemos que es posible armonizar intereses contrapuestos, aceptar el pensamiento diverso, tolerar y conjugar los matices, superando las diferencias. Sabemos de esforzarnos por encontrar lo que nos une sin que implique renuncias a ideales o principios, sino la aceptación de la propia existencia del otro como sujeto idéntico en sus potestades y obligaciones.

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