21
Abr
2017

Convenio Marco de colaboración con la Dir. Provincial de las Personas

El 20 de abril del corriente el Sr. Presidente del Colegio, Dr. Guillermo E. Sagués, suscribió con el Registro Provincial de las Personas un convenio Marco de Colaboración y un acta complementaria que posibilitará al Colegio emitir copias certificadas de partidas y certificados de esa dirección provincial.

Convenio marco de colaboración

El 20 de abril del corriente el Sr. Presidente del Colegio -Dr. Guillermo E. Sagués- suscribió con el registro Provincial de las Personas un convenio Marco de Colaboración y un acta complementaria que posibilitará que desde el Colegio se puedan emitir copias certificadas de partidas y certificados de dicha dirección de toda la provincia.
El sistema, que se pondrá en marcha en los próximos 90 días, posibilitará que trámites que antes debían realizarse en cada Registro Civil, se hagan directamente en nuestra sede.

Importante aceleración de los tiempos y ahorro de gastos
Esto optimizará la labor de los profesionales que, en representación de los ciudadanos, podrán realizar las consultas que involucren actas de hechos vitales de toda la provincia de forma ágil y expeditiva, lo que reducirá considerablemente los tiempos de espera de las partidas y los costos de gestoría. 

Noticias

En un viernes soleado festejamos los colegas el día del Abogado en homenaje a Alberdi. Un encuentro de afable camaradería en el diario trajinar profesional. Esto está aconteciendo ahora, en la sede colonial de nuestro Colegio. Cumplidas las formalidades de la ceremonia, las palabras del Sr. del Presidente del Colegio y las salutaciones de estilo, la conversación y el brindis se han convertido en una fiesta.
En razón del crecimiento de las actividades institucionales, académicas y culturales que viene experimentando el Colegio, con la masiva cantidad de colegas que concurren a cursos, jornadas, conferencias, carreras y encuentros formativos, el Consejo Directivo ha emprendido un programa (de cumplimiento por etapas) de renovación y reparación de algunos sectores de la sede tradicional de Martín y Omar 339 así como la optimización de los espacios de su superficie.
La sala Ia. de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial de La Plata, resolvió denegar la procedencia de los recursos extraordinarios federales deducidos por la demandada ANSES contra las sentencias dictadas en las causas detalladas a continuación. Reseña de litigios
Enérgico rechazo al fallo dictado por la SCJBA en autos: “Isla, Sara E. c/ Prov. de Bs.As. s/ Amparo Rec. Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley”, mediante el cual considera derogada la tasa activa que deriva del art. 54 inc. b) de la Ley 8904, previsto para los honorarios en mora, sustituyéndola de manera irrazonable por la tasa pasiva. Reclamo de la Caja. En adjunto capítulo para planteo caso federal.
Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado este Colegio. Desaprobamos el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes. Declaración completa.

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