04
Nov
2014

Contestación de demanda vía web

Poder Judicial de la Nación. Se encuentra disponible el sistema de ingreso de contestación de demanda de manera electrónica. La función está ubicada dentro del módulo "Ingreso de copia de documentos". En imágenes, breve descripción del procedimiento y cuadros de diálogos aplicables.

El Poder Judicial de la Nación, ha puesto en marcha una nueva función dentro del módulo de “Ingreso de Copia de Documentos”, destinada a permitir a los Letrados ingresar al sistema los Escritos de Contestación Web, previo a su presentación en soporte papel.
De esta manera el juzgado podrá requerir, al correr traslado de la demanda a la parte, que el Letrado designado registre, previo a la presentación de la Contestación en el Juzgado,  el documento en formato pdf.
Luego, el juzgado al recibirla y despacharla podrá adjuntar al decreto, el documento ingresado e integrarlo al expediente electrónico para la prosecución del trámite.

Breve descripción del procedimiento y pantallas aplicables

Fuentes
Comisión Nacional de Gestión CSJN- Dirección General de Tecnología CMPJN

Noticias

A partir del 1° de septiembre del corriente año se procederá a inscribir a los profesionales interesados en conformar los listados de peritos auxiliares de la Justicia. Para ello deberán completar las planillas pertinentes accediendo al sitio web de la Suprema Corte.
Desde el 14 de octubre se aplicará a los recursos ordinarios y de queja por su denegatoria, a las denuncias por retardo y denegación de justicia y presentaciones varias. Mientras que a partir del 1° de noviembre se usará para las causas ante la Secretaría de Juicios Originarios. *Domicilio electrónico: cómo obtenerlo. Procedimiento obligatorio
Por sendas acordadas de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, emitidas el 14 de agosto, han sido fijadas las sumas correspondientes al jus arancelario y a las remuneraciones aludidas en la ley 24522 (arts.266 y 267)
Ponemos a disposición de los interesados la nómina actualizada de las distintas sedes distritales del Ministerio Público Fiscal Departamental que nos hiciera llegar la Secretaría General de la Fiscalía de Cámaras del Departamento Judicial de San Isidro, el 14 de agosto del corriente.
Habiendo sido modificado el inciso 18 del artículo 467 de la disposición normativa serie “B” N° 1/04, ponemos a disposición el texto completo de la normativa actual para facilitar a los colegas las presentaciones que consideren pertinentes efectuar sobre el particular, ante el Banco Provincia de Buenos Aires.

Suscripción Revista

Subscribe for updates on all content.