08
Ago
2012

Celebración del día del Abogado, el viernes 31 de agosto

El Colegio invita a sus matriculados a la celebración del "Día del Abogado", el viernes 31 de agosto, en la sede Martín y Omar 339.
Las entradas podrán ser adquiridas en la Tesorería - Acassuso 424, 2 piso- en el horario de 8:00 a 17:00 y en la Sala de Profesionales, -Ituzaingó 340 2* entre piso-- en el horario de 8:00 a 14:00.

"CELEBRACIÓN DEL DÍA DEL ABOGADO"

31 de Agosto 2012

Programa


  • 10:00 Celebración de la Misa  de Acción de gracias y en memoria de los colegas fallecidos
  • 12:00 Juramento
  • 12:15  Entrega de medallas especiales a los abogados que cumplieron 40 y 50 años de ejercicio profesional
  • 14:00 Vino de honor
  • 19:00 Finalización de la Celebración

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Noticias

En un viernes soleado festejamos los colegas el día del Abogado en homenaje a Alberdi. Un encuentro de afable camaradería en el diario trajinar profesional. Esto está aconteciendo ahora, en la sede colonial de nuestro Colegio. Cumplidas las formalidades de la ceremonia, las palabras del Sr. del Presidente del Colegio y las salutaciones de estilo, la conversación y el brindis se han convertido en una fiesta.
En razón del crecimiento de las actividades institucionales, académicas y culturales que viene experimentando el Colegio, con la masiva cantidad de colegas que concurren a cursos, jornadas, conferencias, carreras y encuentros formativos, el Consejo Directivo ha emprendido un programa (de cumplimiento por etapas) de renovación y reparación de algunos sectores de la sede tradicional de Martín y Omar 339 así como la optimización de los espacios de su superficie.
La sala Ia. de la Cámara Federal en lo Civil y Comercial de La Plata, resolvió denegar la procedencia de los recursos extraordinarios federales deducidos por la demandada ANSES contra las sentencias dictadas en las causas detalladas a continuación. Reseña de litigios
Enérgico rechazo al fallo dictado por la SCJBA en autos: “Isla, Sara E. c/ Prov. de Bs.As. s/ Amparo Rec. Extraordinario de Inaplicabilidad de Ley”, mediante el cual considera derogada la tasa activa que deriva del art. 54 inc. b) de la Ley 8904, previsto para los honorarios en mora, sustituyéndola de manera irrazonable por la tasa pasiva. Reclamo de la Caja. En adjunto capítulo para planteo caso federal.
Como consecuencia del estado público que tomó la situación del Dr. Luis María Cabral, se puso en evidencia una vez más, una problemática que preocupa y sobre la cual se ha pronunciado este Colegio. Desaprobamos el hecho de que decenas de juzgados nacionales y federales vacantes se encuentran más allá de lo prudente y necesario a cargo de jueces subrogantes. Declaración completa.

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