Cambio de domicilio

Si Ud. desea realizar el cambio de domicilio tanto legal como real, podrá iniciar el trámite imprimiendo este formulario. Una vez completado, presentarlo en la  "Secretaría Administrativa", según la forma elegida de hacer trámite:

El domicilio legal constituido y real, se solicita según lo indica los artículos 6° inc. 4° y 58 inc. 5° de la ley 5177, modificado por la Ley 12277 y su actualización es de carácter obligatorio.

A continuación se transcriben los artículos citados:

Artículo 6° inc. 4°: Deberá declarar su domicilio real, y el domicilio legal en que constituirá su estudio y servirá a los efectos de sus relaciones con la Justicia y el Colegio.

Artículo 58° inc. 4°: Tener estudio dentro del Depto. Judicial en el que se encuentre matriculado, sin perjuicio de su ejercicio profesional en otros Departamentos Judiciales. inc. 5° dar aviso al Colegio de todo cambio de domicilio, como así del cese o reanudación del ejercicio profesional. 

 

Noticias

Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Conforme lo establece el artículo 1° inc. 2° de la Ley 5177 para ejercer la profesión como abogado o procurador se requiere estar inscripto en la matrícula de un Colegio Departamental. En el día de la fecha nuevos colegas han prestado el juramento de ley en las instalaciones de Martín y Omar 339, San Isidro.
Solicitamos a los matriculados tengan a bien hacernos llegar sus actuales direcciones de e-mails. Para ello pueden completar on line el formulario que ofrecemos al afecto. Hacer mención de: nombre y apellido completos además del Tomo y folio. Agradeceremos difundir esta noticia entre los colegas.
Alerta. Suspenden provisoriamente en el ejercicio de la profesión de abogado a la Dra. Karina Andrea Smiraglia T° VIII F° 108 del Colegio de Abogados de Bahía Blanca, en los términos del art. 26 de la ley 5177, por resolución del 29 de octubre de ese Colegio Departamental.
El Consejo Directivo del Colegio de Abogados de San Isidro participa con profundo pesar el fallecimiento del Dr. Eduardo Oscar Do Porto, acaecido el sábado 6 de diciembre del corriente año y expresa las más sentidas condolencias a familiares, colegas y amigos del extinto.

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