Cambio de domicilio

Si Ud. desea realizar el cambio de domicilio tanto legal como real, podrá iniciar el trámite imprimiendo este formulario. Una vez completado, presentarlo en la  "Secretaría Administrativa", según la forma elegida de hacer trámite:

El domicilio legal constituido y real, se solicita según lo indica los artículos 6° inc. 4° y 58 inc. 5° de la ley 5177, modificado por la Ley 12277 y su actualización es de carácter obligatorio.

A continuación se transcriben los artículos citados:

Artículo 6° inc. 4°: Deberá declarar su domicilio real, y el domicilio legal en que constituirá su estudio y servirá a los efectos de sus relaciones con la Justicia y el Colegio.

Artículo 58° inc. 4°: Tener estudio dentro del Depto. Judicial en el que se encuentre matriculado, sin perjuicio de su ejercicio profesional en otros Departamentos Judiciales. inc. 5° dar aviso al Colegio de todo cambio de domicilio, como así del cese o reanudación del ejercicio profesional. 

 

Noticias

El Colegio de Abogados de San Isidro despide con profundo pesar al Dr. Jorge A. Álvarez, quien fuera dos veces electo como Presidente del Colegio de Abogados de San Martín y Presidente del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires.
El ingreso a la matrícula profesional de abogado/a en la Provincia de Buenos Aires, que se consolida cumplimentando el juramento obligatorio, ha sido motivo en el día de la fecha (27de junio de 2019) de la celebración formal en el Salón de Actos de la sede de Martín y Omar 339.
En el día de ayer, 20 de junio de 2019 ha fallecido la Dra. María del Carmen Magallanes. Abogada de amplia trayectoria fue especialmente reconocida por su extensa y desinteresada labor profesional a favor de los más vulnerables prestando servicios en el Consultorio Jurídico Gratuito del Colegio de Abogados de San Isidro. Descanse en Paz.
Falleció el 16 de junio del corriente el Dr. Adolfo Athos Aguiar. Abogado de amplia y reconocida trayectoria en la ciudad de Junín, donde desarrolló una extensa actividad profesional, colegial y social. Expresamos nuestras más sentidas condolencias a sus familiares, colegas y amigos.
Si su matrícula se encuentra suspendida por incompatibilidad / jubilación con certificado de firma digital vigente al día de la fecha, le solicitamos tenga a bien informar por escrito, los juicios en los que estuviera interviniendo en causa propia, padres, cónyuge e hijos (art. 5º ley 5177). Caso contrario se procederá a la revocación del certificado digital.

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