27
Mar
2020

Audiencias en forma remota. Instructivos

En el marco de lo dispuesto por la Res. SCBA 12/20, se detallan los pasos necesarios para realizar las configuraciones mínimas que permitan su implementación. (Usuarios plataforma PC, Usuarios plataforma Android)

Si usted ha sido citado para la realización de una audiencia judicial por parte de un organismo de la Suprema Corte, deberá seguir los pasos detallados en el instructivo que corresponda para  participar de la misma, en modalidad remota (sin asistir a la sede judicial) mediante la realización de una videollamada. Ello en el marco de lo establecido en la Res. SCBA 12/20.

*Usuarios plataforma PC
Guía de uso para participar de una audiencia. Instructivo para usuarios externos navegador web.

*Usuarios plataforma Android
Guía de uso para participar de una audiencia. Instructivo para usuarios externos con dispositivo móvil.

 

Fuentes
SCBA

Noticias

Se recomienda y sugiere al público en general, a todos los Magistrados/as, Funcionarios/as y Agentes, que prestan funciones en el Edificio Central de Tribunales de San Isidro (Ituzaingó 340), la no concurrencia al mismo, el día de mañana (13/7/2020).
A partir del 8 de julio del corriente la SCBA ha dispuesto un servicio web de asignación de turnos para la concurrencia a la sede de los órganos jurisdiccionales y dependencias de la Suprema Corte ubicadas en los departamentos Judiciales. Será de uso facultativo.
SCBA. Res. 706/20. La Suprema Corte dispuso reiterar el deber de todos los órganos judiciales pertenecientes a los 35 municipios del AMBA incluidos en el art.12 DNU Nº 576/20, de respetar los turnos y guardias mínimas presenciales.
Como consecuencia del Amparo interpuesto por COLPROBA, patrocinado por los Dres. Santiago Quarneti y Diego Isabella, ante el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata en relación a una presentación efectuada el 14/4/2020, la Justicia ordenó al Gobernador a expedirse si la Abogacía es actividad esencial. Repercusiones de prensa.
ASPO Dec. 576/20: Las restricciones comprenden a todos los partidos del Depto. Judicial de San Isidro. No contempla como actividad esencial a las profesiones liberales. La SCBA dispuso prorrogar las medidas dispuestas por Res. Nº 480/20, Nº 535/20 y Nº 558/20, (en su parte pertinente conf. Res. Nº 593/20) sus aclaratorias y complementarias, hasta el 17 de julio del presente año inclusive.

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