Ámbito Institucional

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 EMERGENCIA SANITARIA

Atención al público  -  Certificados, dec.juradas, autorizaciones -  Domicilios electrónicos y contactos  -  Guías y tutoriales  -  Protocolos -Afiches para imprimir  -  Recursos digitales  -  Servicios en línea  -  Sistematización de normas relacionadas al coronavirus  -  Tasas y/o contribuciones fiscales y parafiscales 

 

 

  • AVISO IMPORTANTE

* Matriculados afectados por coronavirus o cuarentena preventiva. Trámite vía e-mail para suspender plazos judiciales. Completar DECLARACIÓN JURADA. Enviar a: secretaria@casi.com.ar

* En los casos de vencimiento del certificado electrónico, para la NUEVA APROBACIÓN (y evitar concurrir al CASI)  deberá enviar por e- mail  a: matricula@casi.com.ar  el DNI escaneado con la leyenda "Solicito aprobación del certificado", y su firma. Cualquier duda e inconveniente consulte a la Secretaría administrativa de 8:30 a 13:30 a: matricula@casi.com.ar

Sugerencia de lectura. Guía de 4 pasos


El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. Desde sus orígenes, se ha consustanciado en la problemática e incidencia socio‐cultural, económica y política del profesional. Se trabaja con todos los medios disponibles que propendan al bienestar del abogado, tal como lo manda la ley. El empeño demostrado por sus autoridades en defensa del Estado de Derecho y el imperio de la ley como baluarte de la Justicia, han consagrado al Colegio de Abogados de San Isidro en un genuino referente de la abogacía argentina y la sociedad en su conjunto.

Noticias

Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 por parte del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en comisión, con invocación de lo dispuesto por el inc. 19 del artículo 99 de la Constitución nacional, el Colegio de Abogados de San Isidro hace saber la siguiente declaración:
Ante el dictado del Decreto Nº 83/2015 del PEN que designó Jueces de la Corte Suprema de Justicia Nacional en comisión, el Consejo Superior del Colegio de Abogados de la Prov. de Bs. As., manifiesta que dicha forma de designación, provoca un estado de incertidumbre entre las Instituciones de la República que afecta la independencia del Poder Judicial.
Las ART ponen en riesgo lo que deberían proteger. El trabajo humano no constituye una mercancía. El hombre es el señor de todo mercado. El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires manifiesta su más enérgico rechazo a la lamentable publicación efectuada por la Unión de Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, pretendiendo cuestionar la “judicialización” existente en esa materia.
Ley 8904 Arancelaria para Abogados de la Provincia de Buenos Aires. Campaña publicitaria. Pero…¿me va a cobrar tanto para cortar un cable? No: le cobro por el compromiso, los años de estudio, la experiencia y todo lo que invertí en capacitarme para saber exactamente qué cable cortar. Agradecemos difundir esta noticia.
Los abogados, acostumbrados al litigio y a la controversia, conocemos que es posible armonizar intereses contrapuestos, aceptar el pensamiento diverso, tolerar y conjugar los matices, superando las diferencias. Sabemos de esforzarnos por encontrar lo que nos une sin que implique renuncias a ideales o principios, sino la aceptación de la propia existencia del otro como sujeto idéntico en sus potestades y obligaciones.

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