Ámbito Institucional

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 EMERGENCIA SANITARIA

Atención al público  -  Certificados, dec.juradas, autorizaciones -  Domicilios electrónicos y contactos  -  Guías y tutoriales  -  Protocolos -Afiches para imprimir  -  Recursos digitales  -  Servicios en línea  -  Sistematización de normas relacionadas al coronavirus  -  Tasas y/o contribuciones fiscales y parafiscales 

 

 

  • AVISO IMPORTANTE

* Matriculados afectados por coronavirus o cuarentena preventiva. Trámite vía e-mail para suspender plazos judiciales. Completar DECLARACIÓN JURADA. Enviar a: secretaria@casi.com.ar

* En los casos de vencimiento del certificado electrónico, para la NUEVA APROBACIÓN (y evitar concurrir al CASI)  deberá enviar por e- mail  a: matricula@casi.com.ar  el DNI escaneado con la leyenda "Solicito aprobación del certificado", y su firma. Cualquier duda e inconveniente consulte a la Secretaría administrativa de 8:30 a 13:30 a: matricula@casi.com.ar

Sugerencia de lectura. Guía de 4 pasos


El Colegio de Abogados de San Isidro, fundado en 1965 rige su desenvolvimiento conforme a lo establecido por la ley 5177, que establece la colegiación obligatoria en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires. Es una persona de derecho público no estatal sin fines de lucro. No posee ningún tipo de subsidio y se sostiene exclusivamente con el aporte de sus matriculados. Desde sus orígenes, se ha consustanciado en la problemática e incidencia socio‐cultural, económica y política del profesional. Se trabaja con todos los medios disponibles que propendan al bienestar del abogado, tal como lo manda la ley. El empeño demostrado por sus autoridades en defensa del Estado de Derecho y el imperio de la ley como baluarte de la Justicia, han consagrado al Colegio de Abogados de San Isidro en un genuino referente de la abogacía argentina y la sociedad en su conjunto.

Noticias

Dictamen del Instituto de Derecho del Trabajo y la Seguridad Social del Colegio de Abogados de San Isidro. Com. Médicas. La acción judicial ordinaria se encuentra directamente habilitada para el procesamiento de los siniestros laborales de toda naturaleza, desactivándose el requisito del tránsito administrativo previo pues su cumplimiento es imposible aparejando la violación de los derechos y garantías constitucionales (Const. Nac. art. 18 y Const. Prov. arts. 15 y 39).
Frente a los acontecimientos que han tomado estado público respecto a la investigación de hechos delictivos atribuidos a funcionarios y abogados del Departamento Judicial de San Isidro, el Consejo Directivo del Colegio comunica que acusará a los funcionarios y magistrados de la Administración de Justicia involucrados para el caso que así corresponda e incoará las acciones disciplinarias pertinentes.
Nota al fallo. Destitución de magistrados. Derecho al recurso. Ausencia de responsabilidad del Estado por violación de los derechos humanos del juez. El enjuiciamiento de los magistrados judiciales y el rol de los colegios de abogados. A propósito de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la causa “Rico, Eduardo vs. Argentina” por el Dr. Guillermo E. Sagués.
Con la participación de más de 1000 espectadores en simultáneo (Zoom + Facebook Live) y más de 7500 reproducciones, se desarrolló el 7/8/2020 la Jornada de Firma Digital y Ejercicio Profesional, organizada por Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y el Colegio de Abogados de San Isidro, en la que estuvieron presentes los presidentes de los distintos Colegios Departamentales.
La Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires resolvió licenciar por el término de noventa (90) días al Agente Fiscal del Departamento Judicial San Isidro, Claudio Scapolán.

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