La ley 14399 (que rige desde el 21 de diciembre de 2012 y que modificó el art. 48 de la ley 11653) obliga a los secretarios de los Tribunales del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, a adicionar al monto de la condena, los intereses devengados desde la exigibilidad del crédito, al promedio de la tasa activa que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires para sus operaciones de descuento.
El BAPRO ha publicado el 20 del corriente los índices referidos a las tasas activas y pasivas de interés, en un documento denominado “TASAS DE USO JUDICIAL E HISTÓRICAS DE CONSULTA FRECUENTE” que ponemos a disposición de los interesados y cuyo sumario es el siguiente:
A -Tasas activas de interés
I. Promedio de Descuento a 30 días en pesos
II. Descuento a 30 días en pesos
III. Restantes operaciones en pesos y dólares estadounidenses
IV. Descubierto en cuenta corriente
V. Adelantos sobre certificados de obra pública
VI. Financiación de saldos en tarjeta de crédito
B -Tasas pasivas de interés
I. Plazo fijo a 30 días
II. Cuentas de ahorro en pesos
III. Cuentas de ahorro en dólares estadounidenses