El Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires, del que forma parte activa y permanente el Colegio de Abogados de San Isidro, inició la acción de amparo contra la Prov. de Buenos Aires, que recayó en el Juzgado Civil y Comercial nro. 10 del Departamento Judicial de La Plata, motivado en el irregular funcionamiento del servicio de justicia que nos afecta como ciudadanos bonaerense de las garantías constitucionales del acceso a la tutela judicial continua y efectiva, y como profesionales del derecho al ver cercenada también la garantía que protege el derecho al trabajo ( art. 14 de la Constitución Nacional y arts. 15 y 27 de la Constitución Provincial).
Se solicitó en consecuencia el restablecimiento definitivo de la prestación regular del servicio de justicia, a través de las medidas que aseguran el cumplimiento pleno del servicio de justicia.
El 18 de mayo del corriente la acción fue declarada admisible, corriéndose traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días, debiendo notificarse en la persona del Sr. Fiucal de Estado de la Provincia de Buenos Aires.
- El texto completo del proveído del 18 de mayo de 2016, puede leerse aquí.
El máximo Tribunal provincial, declara - a instancias del pedido de la colegiación bonaerense- por Res. 887, que incumbe primordialmente a la Suprema Corte el resguardo y la preservación de la regular prestación para que efectivamente se asegure a los habitantes de esta Provincia su legítimo derecho constitucional de acceso a la justicia y su tutela continua y efectiva (arts. 15,164 y 189 de la Constitución Provincial).