01
Jul
2014

Abogados excluidos. Imperio de la ley 5177

Se recuerda a los colegas excluidos en particular y a los justiciables en general, que para ejercer como abogado en el territorio de la provincia de Buenos Aires, se requiere poseer matrícula activa en alguno de los veinte Colegios de Abogados departamentales. Vigencia del art. 53 de la ley 5177

Exclusión. Vigencia del artículo 53 de la ley 5177

Toda vez que se trata del ejercicio de una profesión – la nuestra, la abogacía-  que requiere además de una habilitación especial (el título académico de grado), la autorización particular de quien le compete la vigilancia que tutela la inviolabilidad del ejercicio profesional en todos sus órdenes ( en este caso, el Colegio de Abogados departamental que corresponda), hacemos un recordatorio del imperio de la ley 5177 (arts. 1 y 53)  a modo de advertencia para los colegas que por circunstancias diversas se encuentran excluidos de la matrícula.

El ejercicio profesional durante el período de abandono o suspensión es considerado ilegal y hace pasible al abogado (o procurador) de las sanciones pertinentes, ello conforme lo dispuesto por el art.53 de la ley 5177.

Noticias

Mediante el Acuerdo Nº 4044 se establecieron los magistrados y organismos de todo el ámbito de la Administración de Justicia para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria del mes de enero de 2022. (La CSJN y la SCBA dispusieron asuetos para el 24 y 31/12/21. Asuetos y feriados diciembre de 2021).
El Colegio sigue atendiendo durante la feria judicial de enero 2022. Te acercamos los contactos y horarios de guardia según los trámites que necesites realizar.
El trámite se hace directamente en nuestro Colegio y como es presencial, previamente hay que sacar turno. Es importante cumplimentar los instructivos y consultar los tutoriales adjuntos que guían paso a paso.
Ha sido establecido el 29/12/21 el nuevo valor del Jus, a partir del 1º de diciembre de 2021 conforme los alcances de la Acordada de la SCBA nro. 4047. Importe del Bono ley 8480.
La Corte Suprema de Juistcia de la Nación y la SCBA dispusieron asuetos para el 24 y 31/12/21. Asuetos y feriados correspondientes de diciembre de 2021. Mediante el Acuerdo Nº 4044 se establecieron los magistrados y organismos de todo el ámbito de la Administración de Justicia para la atención de asuntos de urgente despacho durante el servicio de Feria del mes de enero de 2022.

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