19
Feb
2014

Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación

La Comisión para la Elaboración del Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e Integración del Código Penal de la Nación, designada por el Decreto 678/12, ha elevado al Poder Ejecutivo el resultado de sus trabajos, concretados en los documentos: el Anteproyecto de Código Penal y la Exposición de Motivos. Textos completos para examinar

Para examinar y/o proponer

Invitamos a todos los colegas interesados a examinar el proyecto de referencia y a formular las valoraciones, opiniones, reflexiones, disidencias y/o alternativas que consideren pertinentes expresar.
Serán bienvenidos los comentarios a la siguiente dirección:
lavoz@casi.com.ar
 

El proyecto

El denominado “Proyecto de Ley de Reforma, Actualización e  Integración del Código Penal” que obra en adjunto, consta de  584 páginas.

Su desarrollo contempla el siguiente orden:

-Prolusión. (Nota de elevación al Poder Ejecutivo Nacional)

-El Informe técnico.
-Notas acerca del funcionamiento de la Comisión.
- Los agradecimientos

-Detalles de la participación y colaboración de especialistas, organizaciones no gubernamentales y organismos de gobierno convocados por la Comisión. Gráficos y cuadros.

-Un informe sobre las sugerencias recibidas en la Dirección Nacional de Política Criminal (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación) para la Reforma y Actualización del Código Penal. Las leyes penales especiales y otra legislación de relevancia penal.

La exposición de motivos. Necesidad y tradición de la reforma. Antecedentes y proyectos históricos de codificación penal argentina.

El articulado en forma particular está acompañado de una nota explicativa de la comisión redactora. Además: disidencias y sus fundamentos.

Fuentes
Departamento de Publicaciones

Noticias

Declaración. El rol del estamento de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Nación. es esencial para la plena vigencia del Estado de Derecho y la real independencia de los tres poderes del Estado. La Corte Suprema avaló el accionar del Colegio de Abogados de San Isidro que, desde hace años sostiene la inconstitucionalidad de la ley 26080, al punto de iniciar una acción de amparo en su contra y de abstenerse de participar en forma activa en las elecciones de los abogados del interior.
Coordinado por la Comisión de Derechos Humanos y Sociales del CASI, durante la jornada del jueves 9/12/21se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Colegio de Abogados de San Isidro y la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, representada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El viernes 10 de diciembre desde las 19:30 hasta la una de la madrugada despediremos el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para reunirnos con nuestros colegas. Valor de la tarjeta. Forma de pago. Cupos limitados.
El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.

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