Domicilios electrónicos cuando el Min. de Trabajo sea parte, desde el 1/6/21
Se habilitarán a partir del 1/6/21, los siguientes domicilios electrónicos:
Para la recepción y respuesta de notificaciones y comunicaciones (excepto oficios y apelaciones admisibles contra actos administrativos) en causas en las cuales el Ministerio de Trabajo sea parte y no hubiera constituido en forma expresa un domicilio diferente;