Por Acordadas Nº 27/2014 y 28/2014 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación se modificaron los montos de recurso de queja por denegación del recurso extraordinario y al recurso ordinario de apelación.
Acordada 27/2014 del 16-09-2014
Establece en la suma de $15.000 el depósito regulado por el art. 286 del Código Procesal en lo Civil y Comercial de la Nación (Recurso queja por denegación de extraordinario).-
Acordada 28/2014 del 16-09-2014
Determina el monto mínimo que condiciona la admisibilidad de la apelación ordinaria reglada en el art. 24, inc. 6, apartado a, del Decreto-Ley 1285/58 en la suma de $10.890.000.-
Los cambios adquirirán vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el boletín oficial, no afectando aquellos recursos que estuvieren actualmente en condiciones de ser interpuestos.