13
Mar
2015

Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro

A.A.J.U.C.A.S.I. significa Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro, que se ha constituido recientemente como Asociación civil sin fines de lucro, con el propósito de fomentar el vínculo entre pares retirados y mejorar las condiciones de las prestaciones.

A.A.J.U.C.A.S.I.

Asociación de Abogados Jubilados del Colegio de Abogados de San Isidro

En el Departamento Judicial de San Isidro, se ha constituido  la “ASOCIACION DE ABOGADOS JUBILADOS DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE SAN ISIDRO” cuya personería  como Asociación civil sin fines de lucro fue reconocida en  fecha 15 de diciembre de 2014, por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas.- (Resolución  DPPJ:009839).-

Conforme su estatuto el objeto fundamental de la entidad es fomentar el vínculo entre los pares retirados que tengan interés en mejorar las condiciones de todas las prestaciones que se deriven de su calidad de profesionales en situación de pasividad laboral, manteniendo contacto habitual con los directores representantes de los Jubilados del Departamento judicial de San Isidro e integrantes de la Comisión Directiva de la Caja de Previsión para Abogados de la Provincia de Buenos Aires.-

Las autoridades son los Dres. y las  Dras.:
Presidente: Luana Luccioni
Vicepresidente: Jorge G. Sumay
Secretaria: Nélida  L. Domenech
Prosecretaria: Elayne M. Martínez Errecalde
Tesorero: Jorge A. Sabbatini
Protesorero: Rubén D. Re
Vocales: Arturo H. Martínez, Alberto E. González Font, Alberto Noguero y Susana Spada.
Comisión Revisora de Cuentas: Roberto Muguillo y Norberto A. Simonetti.

El domicilio social se encuentra en la calle Martín y Omar Nro.339,  del Partido de San Isidro, celebrando sus reuniones los jueves, primeros, terceros, y quintos de cada mes, a partir de las 17:00.
Quedan invitados todos los colegas que deseen acompañarlos (mail: aajucasi@gmail.com ).-
 

Noticias

Declaración. El rol del estamento de los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Nación. es esencial para la plena vigencia del Estado de Derecho y la real independencia de los tres poderes del Estado. La Corte Suprema avaló el accionar del Colegio de Abogados de San Isidro que, desde hace años sostiene la inconstitucionalidad de la ley 26080, al punto de iniciar una acción de amparo en su contra y de abstenerse de participar en forma activa en las elecciones de los abogados del interior.
Coordinado por la Comisión de Derechos Humanos y Sociales del CASI, durante la jornada del jueves 9/12/21se firmó un Convenio marco de colaboración entre el Colegio de Abogados de San Isidro y la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, representada por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo.
El viernes 10 de diciembre desde las 19:30 hasta la una de la madrugada despediremos el año en los jardines del Colegio. Se ha previsto "estacionamiento gratuito" en las cocheras de Acassuso 454. Reservemos esta fecha como el compromiso especial para reunirnos con nuestros colegas. Valor de la tarjeta. Forma de pago. Cupos limitados.
El propósito del sistema de enjuiciamiento de magistrados, fruto del régimen constitucional nacional y provincial, no es el castigo al funcionario, sino la separación del magistrado que pueda haber incurrido en las faltas y delitos previstos por los arts. 20 y 21 de la ley 13661. La sociedad reclama volver a creer en el poder Judicial, por lo que es de nuestra incumbencia que el mismo vuelva a ser creíble.
El Presidente del Colegio, Dr. Santiago Quarneti, recibió hoy (19/11/21) al mediodía a la Presidenta del Colegio de Martilleros y Corredores Públicos de San Isidro, Dra. Paula Lorena Méndez, oportunidad en que trataron cuestiones de interés institucional.

Suscripción Revista

Subscribe for updates on all content.